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El especialista: Deudas válidas


Eric Thompson
ethompson@fayca.com
Experto en Impuestos

A estas alturas del año muchas empresas proyectan incrementos importantes de sus gastos que podrían comprimir fuertemente su flujo de caja. Si, además, tienen que pagar su impuesto de utilidades el próximo 15 de diciembre, podrían enfrentarse a la necesidad real de endeudarse para financiar su capital de trabajo y atender puntualmente sus obligaciones.

Pese a la demostrable necesidad de un préstamo, Tributación exige que el dinero no se destine a pago de impuestos. Se rechaza la deducibilidad de la carga financiera porque estos gastos no están conectados con la generación de rentas gravables.

Este enfoque muestra el irrespeto a otro principio básico para que un gasto sea deducible, sea el mantenimiento de la fuente productora de rentas.

Para que una empresa funcione normalmente tiene que pagar impuestos, por lo que el costo del capital tomado para cumplir el impuesto de utilidades –que, además, no se recauda de terceros– debería ser aceptado como gasto deducible. Pero como no esperamos un milagro de apertura técnica en el fisco, habrá que esperar un cambio explícito en la ley.

Mientras tanto, vea a lo que conduce este enfoque restrictivo: su empresa gestionará en los próximos días un préstamo dedicado a financiar todo lo que no sea pago de impuestos: proveedores, aguinaldos, servicios profesionales.

Con toda transparencia, para cuando lo visiten los auditores fiscales usted demostrará al detalle los rubros financiados y que hasta el último centavo está excluido de financiar pago de impuestos (incluso si se hiciera un estudio de origen y aplicación de fondos).

Así, la carga financiera será respetada, aunque sabemos que este préstamo le aliviará su flujo de caja para pagar puntualmente su declaración el 15 de diciembre.

Usted me podrá decir que este formalismo es superficial y contrario a la lógica financiera, especialmente por la fungibilidad del dinero. Coincido con usted, pero son las reglas vigentes…

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Mar 14/nov/2006
Fuente: B.C.C.R.

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