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Foto Principal: 1263374
El reclamo de Yashin Castrillo (izquierda) fue respaldado por Rosemary Madden y Marco Castillo, durante una vista efectuada el pasado 4 de mayo, ante la Sala Constitucional. Los magistrados se pronunciaron ayer.
archivo
Declaró sin lugar acción de inconstitucionalidad

Sala IV cierra puertas a matrimonio entre homosexuales

Magistrados consideran que ese vínculo debe ser solo entre hombre y mujer
No descartan que Congreso discuta ley que regule unión homosexual

Irene Vizcaíno
ivizcaino@nacion.com

Cinco de los siete magistrados de la Sala IV rechazaron ayer el matrimonio entre homosexuales, al declarar sin lugar una acción de inconstitucionalidad contra un artículo del Código de Familia.

Los otros dos magistrados consideraron que la Sala debería hacer una nueva interpretación sobre el concepto de matrimonio.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada en setiembre de 2003 por el abogado Yashin Castrillo Fernández, al considerar discriminatoria la limitación para que personas del mismo sexo contraigan matrimonio.

Criterios

"Me complace que la Sala se haya apegado a la voluntad de los constituyentes (diputados) pues el concepto de matrimonio que manejaron era de familia basada en la unión de un hombre y una mujer.

AlexandraLoría

Oponente

"La Sala entiende que el concepto de matrimonio que recoge la Constitución viene de un contexto cultural occidental donde se entiende como entre hombre y mujer. El tema habrá de ser una normativa de la Asamblea Legislativa.

Luis FernandoSolano

Presidente Sala IV

Castrillo reclamó las violaciones a los principios constitucionales de libertad e igualdad.

Los magistrados consideran que tales violaciones no existen pues el concepto de matrimonio que recoge la Constitución Política proviene, históricamente, de un contexto occidental donde se entiende que es entre hombre y mujer.

Así lo plantearon los magistrados Luis Fernando Solano (presidente), Luis Paulino Mora, Ana Virginia Calzada, Gilbert Armijo y Fernando Cruz.

Solano aseguró que no se tomaron en cuenta criterios religiosos, sino de cultura jurídica.

"La prueba es que la Sala se ha abierto al tema de la familia de hecho y produjo tanta jurisprudencia que luego el tema fue regulado por la Asamblea Legislativa", dijo.

Los magistrados no descartan que el tema de la unión y no el del matrimonio entre homosexuales, deba tratarse en un normativa específica por los diputados.

"La mayoría de la Sala consideró que en realidad existe ausencia de una regulación normativa apropiada, que regule ese tipo de uniones, sobre todo si reunen condiciones de estabilidad y singularidad, porque un imperativo de seguridad jurídica, si no de justicia, lo hace necesario y que es el legislador derivado el que debe plantearse la necesidad de regular, de la manera que estime conveniente, los vínculos o derechos", reza un comunicado divulgado por el Poder Judicial.

Lucha sigue."Hay que continuar. Vamos a seguir por la vía de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos porque la violación de los derechos humanos es evidente", manifestó Castrillo.

Los reclamos de Castrillo fueron acogidos en su totalidad por el magistrado Adrián Vargas y, parcialmente, por Ernesto Jinesta.

"Yo declaro con lugar y admito el matrimonio entre personas del mismo sexo pero dejo a salvo las adopciones y la patria potestad compartida", explicó Jinesta.

Hizo las excepciones al considerar el interés superior del niño a que se le garantice la presencia de las figuras materna y paterna.

Acción en breve

Los reclamos

Se cuestionó el artículo 14 del Código Familia, según el cual es imposible el matrimonio entre personas de un mismo sexo.

Alegaba que esa normativa era contraria al principio de igualdad, así como al principio de libertad previsto en el artículo 28 de la Constitución Política.

Se argumentó que las violaciones ocurrían al otorgar un trato discriminatorio a las parejas de un mismo sexo que quieren formalizar legalmente su relación a través del matrimonio.

Buscaba la generación de efectos civiles entre los contrayentes homosexuales.

Fuente: Poder Judicial

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