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EDITORIAL

Festín burocrático

Las resoluciones de la Sala IV en este sentido señalan un camino de orden, autoridad y probidad, tan venido a menos en Costa Rica


Como dijimos en el editorial del pasado 17 de mayo (Añejos privilegios) y en nuestra información publicada el 19 de mayo, la Sala Constitucional, en una serie de resoluciones vinculadas conceptualmente, eliminó los privilegios, prebendas y regalías que disfrutaban los funcionarios de varias instituciones públicas, al margen de la ley. Las resoluciones de la Sala resultaron ciertamente muy oportunas. Sin embargo, la preocupación no termina ahí. Circula el rumor, dentro y fuera de las esferas oficiales, de que los trabajadores afectados presionarán a sus respectivos patronos con el propósito de que aumenten sus salarios de manera extraordinaria, por vía presupuestaria, y que sean ellos y no los servidores públicos quienes terminen pagando el costo de las prebendas eliminadas por la Sala.

La argumentación esgrimida por la Sala es que los privilegios otorgados a un número reducido de personas, sin existir criterios "objetivos y razonables" que los justificaran, lesionan los principios de igualdad y equidad de la Constitución Política, y violan -agregamos nosotros- los sentidos de probidad y transparencia que deben informar las relaciones entre el Estado y sus servidores. Además, establecen discriminaciones odiosas frente a los demás trabajadores del país que no las reciben y deben pagar, en consecuencia, el valor total de las cotizaciones o servicios. Por demás está decir que desde el punto de vista fiscal, las menores cotizaciones afectan los ingresos totales de esos entes y, para recuperarlos, deben trasladarlos a los demás usuarios mediante aumentos de tasas o tarifas superiores a los necesarios, para no romper la ecuación financiera de los servicios públicos. En otras palabras, hay un impuesto encubierto a los usuarios o trabajadores no privilegiados, contrario al principio de reserva de ley en materia tributaria.

Las últimas resoluciones emitidas por la Sala Constitucional abortaron los privilegios de sobresueldos, licencias sindicales para actividades gremiales en horas laborables, planes vacacionales, uniformes y útiles escolares para los trabajadores de Japdeva, al igual que rechazaron el subsidio eléctrico incluido en varios artículos de las convenciones colectivas de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (sus servidores solo pagan el 50% de las correspondientes tarifas) y las que extendieron el derecho de cesantía a trabajadores de la Junta de Protección Social por encima de lo permitido por ley. Ante ello, los líderes sindicales alegaron de inmediato que los fallos violaban derechos adquiridos y amenazaron con acudir al tribunal internacional de la OIT. Pero olvidan que nadie puede alegar derechos adquiridos frente a la Constitución y que ella y sus principios están por encima de los convenios internacionales.

Las dimensiones económicas y financieras del "combo" constitucional tampoco son despreciables. En momentos en que la actividad estatal se estruja por insuficiencia de recursos financieros, aumentan el déficit fiscal y la deuda pública, y se prepara una nueva ofensiva impositiva para incrementar la carga tributaria al 17% o 18% del PIB, cualquier ingreso sano es bienvenido, sobre todo si resulta equitativo, por su efecto aleccionador. Es justo que todos los trabajadores y usuarios paguen por igual. No existe ninguna razón -como bien afirma la Sala- para que algunos paguen proporcionalmente menos que otros. Solamente eliminando esos y otros privilegios, incluyendo el cumplimiento fiel de las disposiciones de la Sala (sin darles vuelta mediante el subterfugio de subir salarios para compensar los deshonestos beneficios derogados) podrán el Gobierno y la Asamblea recuperar la autoridad moral para exigir nuevos tributos y conducir una buena reforma fiscal.

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