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Foto Principal: 1259408
La Sala IV derogó transferencias de Japdeva para financiar un club campestre administrado por Sintrajap.
Archivo
Magistrados: beneficios son "desproporcionales" e "irrazonables"

Sala IV eliminó privilegios a empleados de Japdeva

Fallo acaba con sobresueldos, licencias sindicales y planes vacacionales
En JPS se anula el derecho a recibir cesantía sin límite de años

Mercedes Agüero R.y Vanessa Loaiza N.
maguero@nacion.com

La Sala IV eliminó por "desproporcionales" e "irrazonables" una serie de privilegios de la convención colectiva de Japdeva como el pago de sobresueldos y licencias para que los dirigentes sindicales realicen actividades gremiales en horas de trabajo.

El alto tribunal también suprimió una cláusula que concedía a los trabajadores planes vacacionales gratuitos, así como el obsequio de uniformes y útiles escolares para sus hijos.

Además:

  • Artículos derogados
  • Empleados de CNFL pierden subsidio en recibo de luz
  • Los magistrados argumentaron que los artículos 44, 59, 68 y, parcialmente, el 53 y 70 de ese convenio laboral son irrazonables y desproporcionados.

    "Contienen privilegios a favor de un grupo reducido de personas sin que existan criterios objetivos y razonables que los justifiquen", dice el fallo de la Sala.

    No fue posible determinar el costo de los beneficios derogados por cuanto en la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) se informó que no habían sido notificados de la resolución.

    Ronaldo Blear, secretario general del sindicato de Japdeva (Sintrajap), pidió que le enviaran por fax el voto d e la Sala, pero luego no contestó el teléfono.

    La convención de esa empresa costó ¢3.296 millones en el 2005 y aumentará a ¢3.524 millones este año debido a variantes aprobadas antes del cambio de Gobierno.

    En combo. El Tribunal también derogó un artículo de la convención colectiva de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz que le permitía a sus empleados pagar solo 50% del recibo eléctrico.

    Mientras a los servidores de la Junta de Protección Social de San José (JPS) les eliminó la posibilidad de recibir auxilio de cesantía sin limite de años.

    Luis Polinaris, gerente general de la JPS, dijo que ese artículo solo se aplicaba en procesos de reestructuración que afectaran a más del 60% de los empleados, o cuando el trabajador era despedido por falta de liquidez de la institución.

    Los votos emitidos este miércoles responden a acciones de inconstitucionalidad promovidas por el entonces Defensor de los Habitantes, José Manuel Echandi, el exdiputado libertario Federico Malavassi y el abogado Rodolfo Mora.

    Ese tribunal eliminó en mayo el derecho que tenían los 41.000 empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social a pagar solo el 50% de la cuota que les correspondía por el seguro de Salud.

    Artículos derogados





    Artículo 7: Los trabajadores tenían derecho a un tercer aumento salarial por año, que compensaba el alza en el Índice de Precios al Consumidor en el Caribe. Ahora la Sala IV avala este aumento, siempre y cuando se le rebaje el porcentaje de alza salarial que los trabajadores obtuvieron por Decreto Ejecutivo en el segundo semestre del año en curso.

    Artículo 44: La junta directiva del sindicato de Japdeva tenía derecho a gozar de 150 días hábiles por mes, con goce de salario, para ejercer actividades gremiales.

    Artículo 59: A los trabajadores de Contabilidad, Tesorería y Planilleros responsables del refrendo, clasificación, custodia y pago de cheques de planillas se les pagará un complemento salarial del 25% sobre el salario base.

    Artículo 68: Se elimina la partida de ¢15 millones anuales que giraba Japdeva para otorgar préstamos para casa a los empleados.

    Artículo 70: Se eliminan el pago en efectivo de incentivos, uniformes y regalos en Navidad para los hijos de los empleados, planes vacacionales con paquetes turísticos totalmente pagados para grupos de trabajadores y dinero para el Club Campestre. Solo perdura el pago del funeral por fallecimiento del trabajador.

    Empleados de CNFL pierden subsidio en recibo de luz


    Vanessa Loaiza y Mercedes Agüero
    vloaiza@nacion.com

    Los 1.300 empleados de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) que estaban acostumbrados a pagar solo el 50% de la factura eléctrica de sus casas, ahora tendrán que hacerle frente al recibo completo.

    La Sala IV le aclaró a la CNFL que no puede seguir subsidiando los servicios eléctricos de sus trabajadores pues se trata de un "privilegio" inconstitucional.

    Así lo dispuso el voto 6728-06 del pasado 17 de mayo, que derogó el artículo 92 de la Convención Colectiva de la Compañía.

    Ese artículo establecía que la empresa costeará el 50% del recibo de luz de sus empleados sin límite de gasto.

    Reacciones. Marco Cordero, gerente de la CNFL dijo ayer que no podía referirse a la resolución de la Sala, pues no ha recibido una copia de la sentencia.

    Eso sí, reconoció que el subsidio del 50% en la tarifa eléctrica le cuesta ¢5 millones ó ¢6 millones por mes a la Compañía.

    Cordero aclaró que el beneficio que disfrutaban sus empleados no se cargaba a las tarifas eléctricas que la Compañía le cobra a 426.000 abonados.

    El funcionario tampoco pudo precisar anoche cuándo empezarán a cobrarle el recibo completo a los empleados.

    Sergio Saborío, secretario general del Sindicato Industrial de Trabajadores Eléctricos y de Telecomunicaciones, también desconocía el voto de la Sala.

    Sin embargo, alegó que ese beneficio es un derecho legítimo, que los empleados han disfrutado en los últimos 50 años y no descartó acusar al país ante instancias internacionales.

    "Vamos a hacer esta denuncia ante la OIT (Organización Internacional del Trabajo) porque se está violentando los derechos a la constitución. Esto será en conjunto con la gente de la (confederación) Rerum Novarum. Se siente uno molesto y también golpeado por la Sala".

    Sala de Redacción
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