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El eufemismo de una reforma


Alberto Pinto Gutiérrez
pintogut@racsa.co.cr
Abogado

La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el conocido caso del periodista Mauricio Herrera Ulloa contra Costa Rica, establece, en lo que interesa a este comentario, que, como "De conformi-dad con la legislación costarricense, contra una sentencia condenatoria emitida en el proceso penal solamente se puede interponer el recurso de casación...", en tanto que la Convención Americana de Derechos Humanos establece que "toda persona tiene derecho, en plena igualdad, de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior..." y que "lo importante es que dicho recurso garantice una examen integral de la decisión recurrida..., la Corte, por unanimidad, declara: ...5. Que, dentro de un plazo razonable, el Estado debe adecuar su ordenamiento jurídico interno a lo establecido en el artículo 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 2 de la misma..."; es decir, estableciendo la segunda instancia en materia penal.

Pues bien, para tratar de cumplir con lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Poder Judicial presentó un proyecto de ley, que ya está por aprobarse en la Asamblea Legislativa, pero no como lo ordena la Corte, sino haciendo una reforma al recurso de casación penal en sí, que realmente no satisface a plenitud lo ordenado por la CIDH.

Injustificable. Basta con leer la exposición de motivos para comprobar que lo único que se hace ahí es tratar de justificar lo injustificable y ciertas medidas totalmente insuficientes que tomó la Sala Tercera de la Corte Suprema para tratar de ajustarse a lo ordenado por la CIDH, con el objeto de satisfacer el eufemismo de esa Sala, y, peor aún, para terminar con la proposición de una reforma que timoratamente no se atreve a llamar las cosas por su nombre; es decir, en el proyecto se reforma el recurso de casación penal, que solo con el nombre produce confusión, en vez de establecer, como ordena la sentencia, la segunda instancia en materia penal.

Todavía hay tiempo para enmendar el referido proyecto y hacer lo que la CIDH ordenó, y en ese sentido llamo la atención de los diputados para que, dejándose de eufemismos, cumplan plenamente las obligaciones impuestas al Estado por el Tratado Interamericano de Derechos Humanos.

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