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Aresep favorece a deudores de luz, agua y teléfono Esteban Oviedo eoviedo@nacion.com La Aresep prohibió a las empresas de electricidad, agua y telefonía cortar servicios a los usuarios que no paguen en los recibos ordinarios deudas de meses anteriores. Según una resolución publicada ayer en el diario oficial La Gaceta, las empresas de servicios públicos ya no podrán cobrar en los recibos de cada mes facturaciones pendientes. Los recibos solo deben contemplar los servicios suministrados durante el último mes puesto al cobro, indicó la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) en su resolución. Cualquier deuda adicional debe ser cobrada por la vía administrativa o judicial. Esta medida también se aplica para el sistema de Internet y otros servicios de telecomunicaciones. Posición. Según un comunicado divulgado por la Aresep, la suspensión del servicio procede cuando el abonado no paga en el plazo establecido para cada cobro. Dicha política demanda una labor más eficiente por parte de los operadores, agrega el escrito. La Autoridad Reguladora también alegó que un voto de la Sala Constitucional (7970-2001) impide cortar servicios cuando se incluyan en los recibos meses pendientes de pago, pues para el cobro de esas deudas se requiere de un procedimiento aparte. La facturación debe ser clara, agregó el comunicado. Durante el año pasado la Aresep recibió 13 quejas por cobros de meses anteriores. De esas siete correspondían a servicios de electricidad, cuatro a telecomunicaciones y dos a acueductos. En lo que va de este año se han presentado cuatro quejas de abonados por cobros en electricidad y dos en telecomunicaciones.
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