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Una iniciativa tendiente a regular el trabajo de los periodistas está pendiente de aprobación en la Asamblea Legislativa.
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Declaró sin lugar acción de inconstitucionalidad

Sala IV confirma que periodistas pueden ser castigados con cárcel

Decisión mantiene vigente el artículo 7 de 'Ley de imprenta' que impone prisión
Crece la urgencia de una nueva ley de prensa, dicen comunicadores

Irene Vizcaíno
ivizcaino@nacion.com

La posibilidad de que los periodistas cumplan hasta 100 días de prisión al ser condenados por delitos de injurias y calumnias fue confirmada por la Sala IV.

El voto número 5977 del 3 de mayo declara sin lugar una acción de inconstitucionalidad que impugnaba el artículo 7 de la Ley de imprenta.

Con su decisión, una mayoría de magistrados dejaron vigente la norma que tiene 104 años de antigüedad.

Según ese artículo, "los responsables de delitos de calumnia o injuria cometidos por la prensa serán castigados con la pena de arresto de uno a 100 días. Esta pena la sufrirán conjuntamente los autores de la publicación y los editores responsables del periódico, folleto o libro en que hubiere aparecido".

Eso implica que se castiga aún con más severidad que los delitos contra el honor regulados por el Código Penal, el cual fija penas de multa.

Para los representantes de organizaciones que defienden la libertad de prensa, la resolución de la Sala Constitucional viene a demostrar la urgencia de que la Asamblea Legislativa apruebe una ley de prensa que se adecue a las nuevas circunstancias.

"La resolución de la Sala pone de nuevo en discusión el tema de la reforma de la legislación nacional en cuanto al ejercicio del periodismo. Esto autocensura y mina la democracia costarricense", manifestó Raúl Silesky, secretario del Instituto de Prensa y Libertad de Expresión.

María Isabel Hernández, vicepresidenta del Colegio de Periodistas, agregó que la situación actual obliga al gremio a asumir una posición más beligerante en busca de una nueva ley de prensa.

No es necesario. La acción de inconstitucionalidad fue presentada en febrero del 2004 por Carlos Serrano, representante legal del grupo periodístico Extra, luego de que tres comunicadores de esa empresa fueron condenados con la aplicación del artículo.

Consultado ayer, Serrano insistió en que, de acuerdo con el sistema interamericano de protección de derechos, la pena privativa de libertad para periodistas no es necesaria en una sociedad democrática.

Para el abogado, existen otras formas de sancionar eventualmente una conducta ilícita cometida por un periodista.

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