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Sala Constitucional prohibió uso de gas mostaza en cárceles


EFE

San José. La Sala Constitucional, máximo órgano judicial costarricense, prohibió al ministerio de Justicia utilizar gas mostaza para el control en los centros penitenciarios del país.

El químico, también conocido como mostaza de azufre puede causar irritación y quemaduras de la piel, ojos y vías respiratorias, efectos sobre la capacidad de reproducción y puede producir cáncer en las vías respiratorias.

Los privados de libertad Alexander Vargas Rojas y Melvin Calvo Mora presentaron en febrero ante la Sala --de forma separada-- recursos de hábeas corpus alegando que la policía penitenciaria los roció con la sustancia.

Se declaran con lugar los recursos por vulneración de la dignidad humana y los derechos fundamentales a la salud y no ser objeto de tratamientos crueles y degradantes, indica el fallo, dado a conocer el jueves por la oficina de prensa del Poder Judicial.

Los magistrados indicaron en la sentencia que cualquier utilización del gas mostaza contra una persona y, en particular su uso para reducir a impotencia a un privado de libertad, es violatorio del derecho de la Constitución y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

Ordenó a las autoridades penitenciarias no usar esos gases tóxicos en ningún caso.

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