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Sin vía administrativa

Pleitos contra Estado pueden ir directamente a tribunales



Irene Vizcaíno G.
ivizcaino@nacion.com

Los ciudadanos que tengan conflictos con instituciones autónomas, entidades del Gobierno Central o municipalidades no necesitarán agotar la vía administrativa para presentar una demanda ante los tribunales de justicia.

De ahora en adelante, el interesado podrá escoger si quedarse en la vía administrativa, ir a la vía judicial o llevar los dos procesos.

Y es que la Sala Cuarta, mediante el voto 06-3669 del 15 de marzo, declaró inconstitucional el requisito que establecía el artículo 31 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, según el cual para plantear una demanda contra el Estado era necesario agotar la vía administrativa.

Para el magistrado Ernesto Jinesta, la resolución del tribunal constitucional le ahorrará tiempo y dinero a los ciudadanos y, lo más importante, los dignifica frente al Estado.

"Ahora las instituciones deberán ser más cuidadosas en sus resoluciones porque el ciudadano puede ir directo al juez", dijo Jinesta.

Los magistrados Luis Fernando Solano y Adrián Vargas se opusieron al voto de mayoría.

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