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Costa Rica, S. A. Son válidas las críticas formuladas contra el desempeño de labores de exfuncionarios públicosPablo Ortega casillerodepablo@yahoo.com Profesor y documentalista En La Nación (5/3/06, pág. 37 A), la exnegociadora Amparo Pacheco afirma que el documental Costa Rica, S. A., que yo dirigí, es engañoso y que por ello no contribuye al debate. Quisiera referirme a esas críticas, no sin antes agradecer a doña Amparo por no haber presionado a Canal 15 para que no se retransmitiera el trabajo, como sí hicieron otros exnegociadores. Primero, veo positivo que no se objetan, en el artículo, mis afirmaciones sobre empleos, medicamentos o grandes demandas internacionales. En cuanto a las críticas: Armas: Según doña Amparo, en el documental se dice que "con el TLC no va a haber restricción para la compra de armas". Esto no es correcto pues lo que se dice es que no aparecieron en el TLC restricciones para la compra o producción de armas en Costa Rica, lo cual es algo distinto. Lo que sí es cierto es que, como el artículo 7 de la Constitución establece que los tratados internacionales tienen autoridad superior a las leyes, cualquier ley que regule la compra de armas podría quedar sin efecto si quedan protegidas en el TLC. Con respecto a los precios de las armas de guerra, me remito al anexo 3.3. Constitución: Según doña Amparo, el documental dice que el TLC cambia la Constitución y elimina los artículos que velan por el Estado Social de Derecho. Esto no es cierto. Digo explícitamente que la Constitución está por sobre los tratados internacionales. Lo que se dice es que el Estado Social de Derecho, establecido en los arts. 50 y 74 de la Constitución, será eliminado. Es decir, los artículos quedarían en el papel, pero el Estado Social de Derecho, inspirado en ellos, desaparecería. La razón es que el TLC quedaría con autoridad superior a la mayoría de las leyes, las que llevan a la práctica la Constitución. Lecho marino: En el anexo 2.1 del TLC no sólo aparece, en la definición de territorio respecto de Estados Unidos, "cualquier zona que se encuentre más allá de los mares territoriales de Estados Unidos", sino que después se dice que este país "podrá ejercer derechos en lo que se refiere al fondo y al subsuelo marinos y sus recursos naturales". Sin comentarios. Denuncia: Doña Amparo afirma que en el art. 22.7 del TLC se permite a cada país denunciar el TLC (o sea, pedir su salida de él) sin el consentimiento de los otros países. Sin embargo, en el art. 22.7.2 se dice: "La denuncia surtirá efectos seis meses después de que una Parte realice por escrito la notificación a la que se refiere el párrafo 1, a menos que las Partes acuerden otro plazo". O sea, se condiciona la denuncia a un plazo que les parezca bien a los otros países. Otros: El problema señalado con la educación no es que se liberaliza, sino las condiciones desventajosas en las que quedaría al entrar a competir con inversionistas extranjeros. Tampoco digo que el TLC sustituya la legislación laboral nacional, sino que, en la definición de legislación laboral del art. 16.8, no se incluyen cosas como los aguinaldos, las vacaciones o la pensión, lo cual tiene sus consecuencias. Finalmente, los supuestos ataques personales son, a mi modo de ver, objeciones válidas a exfuncionarios públicos en sus funciones. En cuanto a la supuesta parcialidad del documental, a lo menos yo jamás diría que el TLC para todos es malo. Basar una campaña en la fórmula inversa no ayuda precisamente al debate.
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