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Acuerdo regulará intercambio de transgénicos Protocolo de Cartagena fue aprobado por el Congreso aquíDocumento se encuentra en consulta en la Sala Constitucional Pablo Fonseca pfonseca@nacion.com La Asamblea Legislativa aprobó el Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología, un documento que establece la regulación en el intercambio comercial de organismos vivos modificados (OVM) entre Costa Rica y los otros estados signatarios de este tratado internacional. Los OVM son entidades biológicas capaces de transferir material genético y que han sido alteradas en su estructura genética por la mano del hombre. Ese es el "nombre político" que en este acuerdo se le ha dado a los que comúnmente se conocen como productos transgénicos. En nuestro país, por ahora, solo se importa soya y algodón modificados genéticamente para propagación de su semilla. Luego, todas esas plantas son exportadas. Durante las próximas semanas el documento será analizado en la Sala IV para que los magistrados decidan si viola o no algún artículo de nuestra Constitución Política. En caso de que así sea, el documento no será depositado. Según explicó el ingeniero Alex May, miembro de la Gerencia de Biotecnología del Ministerio de Agricultura y Ganadería, uno de los puntos elementales de este protocolo es la creación de un centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología. Este centro, basado en Internet, ayudará a los países a intercambiar información científica, técnica, ambiental y legal sobre los transgénicos. Además, crea un procedimiento de acuerdo de información adelantada (conocido como AIA), que obliga a los exportadores a solicitar el consentimiento del país importador antes del primer envío de un OVM que se intente introducir al ambiente, como por ejemplo semillas para plantar, peces para la acuicultura o microorganismos para control de plagas.
Con limitaciones. El Protocolo de Cartagena no se refiere a productos procesados derivados de plantas o animales modificados genéticamente, como maíz molido u otros productos alimenticios elaborados con algún cultivo transgénico. El mandato del protocolo es concentrarse en los riesgos para la biodiversidad que puede presentar un organismo transgénico, y no contempla los temas relacionados con la salud humana. Por ello, tampoco solicita un etiquetado del producto para que el consumidor sepa que está comprando un alimento transgénico. El único requisito de etiquetado es para los embarques. En ellos debe haber documentación que indique los productos básicos que "podrían contener OVM" y que "no están dirigidos a introducción deliberada directa al ambiente". Para May, este punto debe trabajarse con legislación interna costarricense. "Considero que sí es un derecho del consumidor saber qué está comiendo y si es o no un OVM", señaló. Este documento internacional fue firmado en enero del 2000 y entró en vigencia en setiembre del 2003. Actualmente 132 países de todos los continentes han depositado los documentos de ratificación. Estados Unidos es uno de los países que no ha firmado -y probablemente no firmará- ese texto de convenio. May dijo que, en este caso, Costa Rica debería buscar un tratado bilateral que aborde este tema. De acuerdo con lo dicho por el experto, ninguna sección del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Estados Unidos regula la bioseguridad.
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