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El dilema de zonas francas El 'flat tax' contiene una serie de ventajas que, en modo alguno, el Gobierno y los diputados deben desestimarEl país se encuentra en un intricado dilema: ¿cómo modificar el sistema tributario de las empresas acogidas al régimen de zonas francas para satisfacer los requerimientos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sin desincentivar la inversión extranjera? Por un lado, la OMC exige eliminar los subsidios vigentes a las exportaciones de bienes en todos los países miembros de la organización, a partir del 1.° de enero del 2010, por ser contrarias al libre comercio y contravenir los principios de igualdad y lealtad que deben prevalecer entre todos los contribuyentes en el intercambio internacional (prohibición del comercio desleal). Pero, por otro, sería contraproducente imponer gravámenes demasiado elevados a esas empresas, como los que actualmente soportan las demás personas físicas y jurídicas con actividades lucrativas en el territorio costa- rricense, del 30% sobre sus utilidades netas, pues se podría desincentivar la inversión extranjera futura y ahuyentar la que ya se encuentra en el país generando exportaciones, empleo y riqueza. Desafortunadamente, la respuesta ofrecida por el ministro de Comercio Exterior (COMEX), Marco Vinicio Ruiz, es insuficiente e insatisfactoria. Se inclina a favor de uno de los anteriores objetivos -incentivar la atracción de inversiones- con sacrificio del otro, no menos importante: la igualdad entre contribuyentes. En nuestra edición del viernes pasado reportamos que el Ministro se inclinaba por conceder un tratamiento especial, privilegiado, a las empresas establecidas -y por establecerse- en zonas francas, al otorgarles el beneficio de pagar una tasa de impuesto sobre la renta del 15%, equivalente a solamente el cincuenta% de lo que pagarían, supuestamente, las demás empresas agrícolas, comerciales e industriales normales establecidas en el resto del territorio, de un 30%. Pero su propuesta rebajaría aún más la tarifa porcentual, a un 10% o, incluso, un 5 % de la renta neta, dependiendo de la satisfacción de otros criterios, como la contribución al empleo o ubicación en ciertas zonas deprimidas, según criterio de la Administración. La propuesta del Ministro, de aprobarse, contradiría abiertamente el principio de igualdad, introduciría distorsiones inconvenientes en la asignación de los recursos productivos y disminuiría a largo plazo la eficiencia del sistema productivo costarricense. Sacrificaría, además, valiosos ingresos fiscales, necesarios para la satisfacción de otras necesidades públicas y privadas. Por esa razón, las autoridades gubernamentales deberían, más bien, ponderar adecuadamente las propuestas avanzadas por otras fracciones legislativas para reformar el impuesto sobre la renta pagadero por todos los contribuyentes, incluidas las personas físicas asalariadas o independientes con ingresos lucrativos, así como las demás empresas, de hecho o de derecho, sin discriminación ni distingos de ninguna clase. El denominado flat tax es una valiosa iniciativa. Consiste en imponer un gravamen único sobre el ingreso gravable de las personas y empresas, lo que tendría la doble ventaja de poderse aplicar sin discriminaciones injustificadas a todos los contribuyentes, dentro y fuera de zonas francas, y satisfacer simultáneamente los requerimientos de la OMC. Si se diseña bien, con una base más amplia, sin concesiones, exenciones ni deducciones complacientes o injustificadas, y se sustituye el concepto de "renta producto" actual por el más moderno de "incremento patrimonial", se satisfarían varios objetivos adicionales, incluidas la equidad efectiva y la imperiosa necesidad de fomentar el ahorro privado nacional para financiar la inversión sin recurrir a mayor endeudamiento externo. Y si se escoge, además, una tarifa adecuada, se podría incrementar la recaudación total. Dentro de ese impuesto, se podría eximir del todo a las personas físicas y pequeñas y medianas empresas (pymes) que obtengan una renta gravable inferior a un determinado nivel, diseñado estratégicamente para introducir un elemento importante de progresividad y justicia en las personas físicas, sin afectar indebidamente a las pequeñas empresas, que tendrían la opción de cotizar a esas mismas tasas. Además de la ampliación de la base, la eliminación de exenciones, exoneraciones y la deducción de gastos complacientes, se incrementaría sensiblemente la tasa efectiva que hoy pagan los contribuyentes mayores que, teóricamente, están gravados con una tarifa más alta, lo que da la impresión de que la tasa efectiva es muy elevada. Con un flat tax aplicable sin distinción a todos los contribuyentes a una tasa menor que la actual (sin ser demasiado baja, como la que algunos pretenden) no habría discriminación entre empresas dentro y fuera de zonas francas y se cumplirían al pie de la letra los principios de la OMC. La reducción de la tarifa del 30% a las empresas y demás contribuyentes podría ser gradual, concomitantemente con el incremento que soportarían las empresas en zona franca, y se podría, incluso, evaluar su impacto en las finanzas del Estado y la conveniencia de revisar las bases imponibles y ajustar la tasa finalmente escogida, de conformidad con las circunstancias. Sería, además, mucho más simple de administrar que la ley actual y el odioso proyecto auspiciado por la administración Pacheco, por lo que, posiblemente, aumentaría la recaudación. ¿Qué más se puede pedir? Un poco de imaginación, quizás.
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