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Bancos podrán manejar casi cuatro veces más de dólares Entidades tendrán libertad de mantener unos $12 millones en vez de $3,8Entidades deberán publicar la comisión que cobran por negociar divisas Patricia Leitón pleiton@nacion.com Los bancos y otras entidades financieras autorizadas para comprar y vender dólares al público podrán manejar casi cuatro veces más de divisas de lo permitido en la actualidad. La autorización se encuentra en el nuevo Reglamento para las operaciones cambiarias de contado, que entrará en vigencia en agosto. Actualmente las entidades solo pueden dejarse en su poder unapequeña parte de pequeña cantidad de las divisas que les sobran cada día, luego de las transacciones que realizan con el público y otros bancos. La parte que pueden dejarse se llama "posición propia" y es la diferencia entre la totalidad de activos (como préstamos realizados) y pasivos (como las inversiones que reciben del público) en divisas. El nuevo reglamento elevó el porcentaje de posición propia y además cambió la base sobre la cual se calcula. En la práctica el cambio implica es que los bancos tendrán libertad para manejar unos $12 millones a partir de agosto, en lugar de los cerca de $3,5 millones actuales, explicó el gerente del Banco Central, Roy González. Esto es parte del proceso que realiza el Banco Central para migrar hacia un nuevo sistema cambiario más flexible. Dicho proceso implicará pasar del actual sistema de minidevaluaciones, donde las personas conocen la devaluación diaria promedio del colón, a uno de bandas, en el cual el tipo de cambio oscilará entre dos valores. El nuevo reglamento también exige a las entidades financieras publicar el tipo de cambio al cual las entidades transan las divisas y las comisiones que cobran por ello.
Generalmente, explicó González, los bancos anuncian el tipo de cambio, pero no informan sobre la comisión que cobran al público por transar las divisas. El próximo mes el Banco también presentará a consulta de los interesados otro reglamento que normará las condiciones en las cuales los bancos y otras entidades podrán ofrecer al público instrumentos para cubrirse del riesgo cambiario.
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