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Reforma fiscal mal diseñada La reforma fiscal no ha reparado en el volumen, contenido ni eficiencia de las erogaciones actualesLa experiencia con el impuesto a las transacciones financieras, que se anuncia, ha sido nefasta De lo poco que ha trascendido sobre la reforma fiscal y tributaria y, sobre todo, de lo que no ha trascendido -por no estar, posiblemente, dentro de los planes del nuevo Gobierno- se puede inferir que la transformación fiscal será insuficiente y que el paquete de impuestos incluirá algunos mal diseñados, particularmente los gravámenes a las transacciones financieras y a las casas de lujo. Hasta ahora, el planteamiento fiscal se ha centrado en la necesidad de aumentar las erogaciones en diferentes rubros (todos, posiblemente, justificados) y en que la carga tributaria es muy baja, comparada con la de otros países similares. Pero no ha reparado en el volumen, contenido ni eficiencia de las erogaciones actuales (muchas de ellas, posiblemente, injustificadas) ni en la imperiosa necesidad de cobrar bien los tributos existentes antes de recurrir al fácil expediente de incrementar la carga. Tampoco ha reconocido, hasta ahora, la existencia de otros gravámenes que sí forman parte de la carga tributaria total (aunque algunos no los incluyan), como buena parte de las cotizaciones obligatorias a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) o los impuestos a la renta y otros gravámenes que pagan las empresas e instituciones públicas, trasladados al usuario o consumidor como parte del precio. Si se incluyeran y se examinaran debidamente las erogaciones, se darían cuenta de que el monto total de impuestos que pagan los costarricenses no es tan bajo, ni los gastos son tan eficientes o necesarios. Hay aquí una deuda pendiente. Tampoco se sabe mucho de los impuestos por venir. Pero recientemente trascendió que el Ministerio de Hacienda pretendía recaudar alrededor de 2 puntos porcentuales del PIB con las reformas a los impuestos de renta y sobre al valor agregado (IVA), y otro tanto adicional mediante impuestos a las casas de lujo y las transacciones financieras recolectadas mediante el sistema financiero nacional. Sobre el impuesto a las primeras, las viviendas de ciertas dimensiones, la objeción principal es que parece una justificación demagógica y artificial pues el monto a recaudar es relativamente pequeño, comparado con otras exoneraciones, exenciones y privilegios a favor de los contribuyentes de mayores ingresos contenidos en el proyecto al impuesto sobre la renta. Pero los impuestos sobre las transacciones financieras sí tienen el poder de causar distorsiones permanentes al funcionamiento de la economía nacional y tienden a ser regresivos. La experiencia latinoamericana con los impuestos a las transacciones financieras y, en particular, a los débitos bancarios, debería ser aleccionadora. De los países que los introdujeron inicialmente (Argentina, Ecuador, Colombia, Venezuela, Brasil...), tres de ellos ya los eliminaron. Aunque se implantaron en periodos de apremiante necesidad fiscal, con el tiempo se dieron cuenta de que el incremento en la recaudación era mera ilusión. Y se desvanecía la simplicidad de su recaudación. En la realidad, los contribuyentes tienden a evadirlos de muchas formas, no solo recurriendo a sustituir por efectivo las transacciones que antes realizaban con el denominado dinero bancario o plástico (reduciendo, en consecuencia, la base del impuesto), sino canalizando muchas de esas operaciones al exterior y a los bancos offshsore, sobre cuyas jurisdicciones no se pueden establecer tributos. Y de ahí se deriva una primera lección: a mediano y largo plazo, los gastos permanentes financiados con esos ingresos se quedarán sin su fuente de financiación y resurgirá el problema fiscal. Otro de los problemas principales de los impuestos a las transacciones financieras es su impacto en la eficiente asignación de recursos. Las transacciones financieras son intermedias entre la producción y el consumo, y gravan en cascada los precios finales. Por esa razón, distorsionan la combinación más eficiente de los recursos productivos. Y, desde el punto de vista de la equidad, son injustos pues gravan proporcionalmente más a los de ingresos medios y bajos que a los contribuyentes de mayores ingresos. Por ejemplo, no tiene el mismo efecto distributivo un gravamen establecido sobre la planilla de los empleados públicos y privados, incluyendo todas sus transacciones posteriores realizadas mediante tarjetas de débito o crédito, que el mismo impuesto establecido sobre esas mismas transacciones realizadas por los más acaudalados. Sobre ellos, representa un porcentaje menor del total de sus ingresos. Además, las grandes compañías, precisamente las que realizan el mayor número de transacciones financieras, trasladan el impuesto a los precios de los bienes y servicios que venden al público, incluidos los contribuyentes de menores ingresos. Por eso, los expertos recomiendan sustituirlos por impuestos más justos, como el impuesto sobre la renta, o los impuestos al valor agregado (IVA) que, de los indirectos, es el menos injusto. ¿Será muy tarde para que el Gobierno tome en cuenta estas observaciones? Esperamos que no. Nunca es tarde cuando la recomendación es buena. Como consecuencia, podemos concluir lo siguiente: 1. Desde ya se pueden señalar las limitaciones del plan fiscal del Gobierno (aun sin presentar los proyectos). 2. Es claro que la reforma fiscal anterior, sobre la cual aparentemente se basa el proyecto de reforma de la actual administración, (renta e IVA) no producían los efectos deseados en recaudación. 3. Es evidente también que no se hizo ningún esfuerzo por racionalizar el gasto del Estado ni mejorar la recaudación de los tributos actuales. Entonces, se piensa acudir a impuestos sobre las transacciones financieras (bancarias), que son tributos temporales y distorsionantes, para financiar gastos permanentes. 4. También está claro que el Gobierno no ha hecho ningún estudio para determinar si la economía del país puede acomodar fácilmente un incremento de la carga tributaria del 4% del PIB sin producir una recesión ni desestímulo a la inversión y el gasto privados, y si sería más efectivo y conveniente un traslado tan brutal al sector público. 5. Los impuestos que menos afectan la asignación de recursos son los que se gravan sobre el ingreso, no sobre las transacciones, que producen, invariablemente, mala asignación de los recursos y producen distorsiones en el ingreso (satisfacción de las personas) y los productores. El IVA se sostiene, dentro de estos, como el menos malo de los indirectos, siempre y cuando su base sea general, sin distintas tarifas (¿cómo será el que presentará el Gobierno?). Pero un impuesto a los bienes intermedios (no sobre la producción ni el consumo) tiene el efecto de distorsionar más la asignación de los recursos y provoca cambios en la conducta de los contribuyentes. 6. Impuesto a las transacciones financieras. Se han introducido en Latinoamérica en un contexto de administración tributaria débil, como medida transitoria para aumentar la recaudación, en espera de mejores impuestos. 7. Lagran tentación es que son fáciles de recolectar pues los bancos son pocos y tienen muy bien estructuradas sus transacciones (orden). Por eso, al principio pueden significar una fuente rápida de aumentar impuestos; pero, cuidado, este efecto es engañoso. 8. Además, los bancos offshsore no estarían gravados, con lo que aumentaría el problema. 9. Tienen impacto negativo en la asignación de recursos (y complementan la mala asignación de recursos en los otros proyectos), en particular la desintermediación financiera, con los efectos negativos en el ahorro y la creación de fuentes de inversión (crecimiento, empleo... ). 10. Además, no son equitativos, en el sentido de que son proporcionales o, peor aún, regresivos, si se cobran por igual a cualquier transacción, independientemente del ingreso de la persona que lo paga. A primera vista, los pobres no lo pagarían porque están fuera del sistema bancario (no usan chequeras ni servicios bancarios). Pero un examen detallado puede revelar que aun ellos se verían afectados: están los que reciben sus salarios en tarjetas de débito (los depósitos que les hagan en ellas podrían estar gravados,) y, además, los precios de los bienes finales, incluyendo los de la canasta básica, pueden subir para acomodar el costo del impuesto en las empresas que producen o venden grandes cantidades (supermercados). También son regresivos porque los más ricos pagan proporcionalmente, y se traslada a los usuarios del crédito (deudores, aun de pequeñas cantidades) porque aumenta el margen de intermediación financiera. 11. Es un nuevo impuestos sobre los funcionarios públicos, que reciben su salario mediante depósitos bancarios. 12. Puede desestimular la intermediación financiera: desincentiva el ahorro y afecta (de manera agregada) la inversión 13. Realidades básicas: Al inicio, con estos nuevos impuestos, aumentará la recaudación. Sin embargo, luego, al modificarse la conducta de los contribuyentes para evadirlos, se notará que la recaudación cayó. 14. Los contribuyentes (especialmente los más sofisticados para evadir el impuesto) pueden recurrir al uso de efectivo y, alternativamente, pueden utilizar la banca y las transacciones financieras off- shore (que no se están arreglando con el proyecto fiscal: aunque se graven normalmente, siempre tienen incentivos para existir por otros motivos, especialmente relacionados con encajes y supervisión financiera). Y lo malo, cuando esto ocurre, es que la disintermediación financiera podría ser irreversible. Entonces, se les augura una vida corta a los impuestos, aunque su objetivo es financiar gastos permanentes. Conclusión: en vez de solucionarse, se agravará el problema fiscal.
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