|
|
||||||
|
|
Aprueban plan de iniciativa popular Legislación faculta a los ciudadanos a presentar proyectos ante el CongresoPlenario inició ayer la discusión en segundo debate del texto de referendo Ismael Venegas C. ivenegas@nacion.com El plenario del Congreso aprobó ayer en segundo y último debate la ley que permite a los ciudadanos presentar algunos proyectos a conocimiento del Congreso. Se trata de la Ley de iniciativa popular, que reglamenta la aplicación de esa figura incluida en la Constitución Política desde mayo del 2002. Los proyectos sometidos a conocimiento de los diputados mediante la iniciativa popular deberán contar con el respaldo del 5% del total del padrón electoral (por lo menos 127.000 personas). La Asamblea Legislativa tiene la obligación de votar (a favor o en contra) las propuestas presentadas por la gente en un plazo máximo de dos años. Los ciudadanos no podrán formular iniciativas relacionadas con las materias presupuestaria, impositiva, fiscal, de empréstitos y contratos, o actos de naturaleza administrativa. Unánime. El proyecto de Ley de iniciativa popular contó con el respaldo unánime de los 42 diputados presentes en el plenario. Había sido aprobada en primer debate el 17 de noviembre. El texto fue consultado a la Sala IV, órgano que no encontró problemas de procedimiento ni de inconstitucionalidad. La legislación irá a sanción presidencial y tendrá vigencia cuando se publique en el diario La Gaceta. Legisladores como José Miguel Corrales, el libertario Federico Malavassi, Miguel Huezo (PUSC) y Gerardo Vargas, del PAC, coincidieron en que el proyecto aprobado representa un avance importante en el fortalecimiento de la participación ciudadana y devuelve a los ciudadanos la potestad de legislar. Sin embargo, Corrales y Ruth Montoya, del PAC, destacaron que el porcentaje de firmas (127.000) exigido para presentar un proyecto es muy elevado y costoso. El porcentaje de rúbricas (5%) está regulado en la enmienda constitucional que creó la iniciativa popular en mayo del 2002. Mientras tanto, el plenario inició ayer la discusión en segundo debate de la Ley reguladora del referendo. Esta figura también fue incluida en la Carta Magna en mayo del año 2002. El referendo otorga a los ciudadanos la facultad de aprobar o derogar cierta legislación, así como hacer transformaciones parciales al texto constitucional. Los resultados del referendo serán vinculantes si participa por lo menos el 30% de los votantes inscritos en la padrón electoral (unos 765.000 electores), si se trata de decidir sobre legislación ordinaria (29 votos). La discusión del referendo continuará hoy y es posible que sea aprobado mañana en la sesión de la tarde del plenario.
|
Enlaces comerciales:
|
||||
|
© 2006. LA NACION S.A. El contenido de nacion.com no puede ser reproducido,
transmitido ni distribuido total o parcialmente sin la autorización previa y por escrito del Grupo Nación GN S.A. Si usted necesita mayor información o brindar recomendaciones, escriba a webmaster@nacion.com Apartado postal: 10138-1000 San José, Costa Rica. Número telefónico: (506) 247-4747. Fax: (506) 247-5022. |