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Diputados cuestionan potestades dadas a órganos recaudadores Argumentan que para algunos de esos cambios se requieren 38 votosSala cuenta con 30 días para resolver; segundo debate quedó aplazado Eduardo E. Alvarado B. ealvarado@nacion.com Dos consultas de constitucionalidad de diferentes diputados cuestionan la validez de las potestades que otorga la reforma fiscal a varios órganos recaudadores. Ese es uno de los argumentos coincidentes en ambos textos, cuya presentación ayer ante la Sala IV impidió que el Congreso iniciara el segundo debate sobre el polémico plan fiscal. Algunos de esos cambios, dicen los legisladores, necesitarían 38 votos para su aprobación, al tiempo que otros rayan en la inconstitucionalidad. Humberto Arce, de Unión Patriótica, fue quien redactó una de las consultas, en la que señala el hecho de que se da atribuciones fiscalizadoras a las municipalidades, el Instituto Costarricense de Turismo y la Caja Costarricense de Seguro Social, entre otros entes. "Entre esas nuevas facultades sobresale el poder exigir a los contribuyentes la presentación de libros, archivos, registros contables y toda otra información de trascendencia tributaria", dijo Arce. La otra consulta de constitucionalidad fue presentada por el Movimiento Libertario y refleja preocupación por aspectos similares a los cuestionados por Arce. Según ese texto, la reforma fiscal otorga al fisco el derecho de realizar embargos contra el patrimonio del contribuyente. "Lo cierto es que se constituye al fisco en juez y parte pues a la vez de ser el acreedor de la deuda tributaria sería quien ordena embargos y subasta los bienes", dice el texto presentado ante la Sala. Pero, además de ese tema, las consultas abarcan otra serie de supuestos problemas que se inician con el procedimiento aplicado en comisión para que la reforma se dictaminara. El texto presentado por los libertarios y respaldado por 13 firmas de congresistas consta de más de 140 páginas, y el de Unión Patriótica llega a 43, con la firma de 15 diputados. La Sala IV cuenta con 30 días calendario para emitir un voto una vez que reciba el expediente del caso, el cual tiene cerca de 43.000 hojas. A pesar de ser dos consultas, la Sala las acumula.
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