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Limitaciones al gasto

No es cierto que se le estén congelando más de ¢25.000 millones a Aviación Civil

José A.Vargas Barrantes
Viceministro de Hacienda

El 1.° de febrero, en portada, La Nación publicó que la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) no puede invertir el 54% de los recursos que genera al año para mejorar la infraestructura aeroportuaria por causa de limitaciones de gasto que impone el Ministerio de Hacienda, y añade que la entidad acumula ¢25.200 millones sin asignación presupuestaria que pasaron a la caja única del Estado. Esta noticia no solo no incluyó el criterio de este Ministerio, sino que tampoco se ajusta a la verdad, por lo cual resulta necesario realizar la siguiente aclaración.

La aplicación del principio de caja única busca administrar más eficientemente los recursos y evitar que las entidades públicas tengan recursos ociosos mientras el Gobierno tiene un déficit que debe financiar con endeudamiento. Los recursos depositados en caja única pertenecen a la institución -en este caso, la DGAC- y están a su entera disposición cuando efectivamente los necesite; es en sentido estricto un principio de administración de liquidez.

Por otra parte, con miras al ordenamiento fiscal, existe la Autoridad Presupuestaria (AP), definida como órgano asesor de la presidencia de la República, cuyo instrumento básico son los lineamientos de política presupuestaria, los cuales emite el presidente y, según voto de la Sala Constitucional, deben ser de carácter general.

Según necesidades. Estos lineamientos incluyen diferentes conceptos, como el límite de gasto presupuestario, que, por ejemplo, en el 2005 estableció un crecimiento máximo del 7% respecto al gasto del 2004. No obstante, reconociendo necesidades particulares de gasto, existe la posibilidad de autorizar aumentos en el límite según la justificación que plantee la respectiva institución al Ejecutivo.

En el caso de la DGAC, en el 2005 se recibieron y aprobaron tres solicitudes de ampliación del límite de gasto por ¢1.500 millones, ¢616 millones y ¢1.665 millones, un total de ¢3.782 millones, fundamentalmente para gastos de inversión.

Además, para el 2006 se le aprobó desde noviembre del 2005 una ampliación por ¢1.500 millones para equipo de seguridad y salvamento, autorizado también para el 2005 y que no lograron ejecutar. Asimismo, según datos preliminares, la DGAC ejecutó en el 2005 el 85% de las partidas de gastos de capital y del presupuesto total solo ejecutaría un 61%.

Más allá del techo. Lo anterior refleja que en muchas ocasiones las instituciones públicas no logran ejecutar todo el gasto presupuestado, por lo que no es correcto afirmar que el problema es solo el techo presupuestario establecido por la AP ya que existen otras situaciones que explican el que no se hagan determinados gastos o proyectos de inversión.

Es preciso indicar que al 31 de enero del 2006 la DGAC tenía depositado en caja única ¢12.360,7 millones, considerando cuentas en dólares y colones.

Si bien reconocemos que, como instrumento de política fiscal los límites de gasto imponen restricciones al crecimiento, en busca de la estabilidad macroeconómica, no es correcto afirmar que alguna partida se encuentre "congelada" en caja única y que los topes de gasto impidan a la DGAC atender necesidades urgentes pues las gestiones de ampliación del límite se le han aprobado en su totalidad.

Finalmente, lamentamos que la periodista responsable no se preocupara en conocer el criterio del Ministerio de Hacienda en torno al tema, razón por la cual consideramos que ofreció una visión distorsionada de un importante tema nacional.

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