Búsqueda
Avanzada
Jueves 02 de febrero, 2006
San José, Costa Rica.

Servicios | Archivo | Escríbanos | Fax gratis | Nacion.com en PDA, celular, e-mail,

Noticias
Nacionales
Sucesos
Deportes
Internacionales
Economía
Aldea Global
Week in Review
Elecciones 2006
Campeonato futbol 2005-06

Editoriales y Opinión
Opinión
Cartas
Chats
Foros

Especiales Noticiosos
Mundial 2006: Equipos, grupos, figuras y calendario
Texto preliminar de reforma fiscal y noticias publicadas
Texto preliminar del TLC Costa Rica-EE.UU. y noticias publicadas
Listado Completo

Ocio y Cultura
Calendario 2006
Su | Do | Ku
Viva (Entretenimiento)
Áncora (Cultura)
Tiempo Libre
Teleguía
Proa (revista dominical)
La Nación en Imágenes
Cinemanía
Tarjeticas
Horóscopo
Crucigrama
Sitios Costa Rica

Educación y Ciencia
Zurquí (Niños)
Raíces (Geneología)
Tribuna del Idioma

  Otros formatos
nacion.com en su PDA
nacion.com en el celular
nacion.com en formato
Noticias por e-mail

Quiénes somos
Preguntas frecuentes nacion.com
Ver edición más actual de nacion.com
Equipo de nacion.com
Emails de Redacción
Trabaje en Grupo Nación

Noticias Nacionales:

Foto Principal: 1177202
Las propinas para el salonero van incluidas en la factura que los clientes pagan por el servicio.
ARchivo
Confirmó Sala Segunda

Propinas cuentan como salario


Irene Vizcaíno G.
ivizcaino@nacion.com

Las propinas que reciben los saloneros deben ser tomadas en cuenta al momento de calcular derechos laborales en caso de despido.

Este es el criterio que confirmó la Sala Segunda al resolver un recurso de casación interpuesto en un conflicto entre un salonero y los representantes de la marisquería donde laboraba en Alajuela.

El trabajador reclamaba que al estimar los pagos por cesantía, vacaciones y aguinaldos se incluyera el pago de propinas.

Los demandados sostenían, por el contrario, que la propina no es parte del salario pues la paga el cliente y no el patrono.

Tres de los magistrados consideraron que la propina forma parte de la remuneración, entendida como "todo aquello que percibe el trabajador con ocasión de la prestación de servicio, llámese comisiones, participación en las ganancias o en las ventas".

Los altos jueces restaron importancia a la procedencia del pago, pues las propinas van incluidas dentro de la factura que paga el consumidor y que recibe el dueño del local. Es él quien la distribuye.

"El hecho de que el recargo sea pagado por el cliente no es decisivo, debido a que este lo paga como parte del precio convenido para las prestaciones que le adeuda al empresario, el cual, a fin de cuentas, se sirve de su personal para el cumplimiento efectivo de su obligación", explica el voto de mayoría.

La situación que motivó la decisión se produjo en abril del 2003 cuando el salonero planteó en el Juzgado de Trabajo de Alajuela un proceso contra su patrono.

Desde la primera instancia, su reclamo fue acogido y luego confirmado por el Tribunal y la Sala Segunda.

Sala de Redacción
Costa Rica Hoy
Centroamérica Hoy
Latinoamérica Hoy
Mundo Hoy
Futbol en Costa Rica
Futbol en América
Futbol en el Mundo
Otros Deportes
Economía en América
Economía en el Mundo


Especiales
Escogiendo carrera
Concurso Digigol
Inventario completo


Suplemento Metro cuadrado
Tarifario Grupo Nación
Suplemento comercial Mano a mano
Anúnciese en nacion.com
Suscríbase a La Nación
El Empleo.com
Economicos.com


Enlaces comerciales:




Obituario
Diario Oficial La Gaceta


Reglamento Renovaciones - Colección Leer para Disfrutar
Reglamento promoción "Acelera tus posibilidades de ganar"