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Don Juan y don Rodolfo La autonomía del juez exige que se impida cualquier tipo de arbitrariedad o prejuicioPaul Rueda Este 13 de enero, don Rodolfo Piza Escalante cumple 4 años de fallecido. Don Rodolfo fue un jurista insigne, a quien tuve la oportunidad de conocer en la Maestría de Derecho Constitucional de la Universidad Estatal a Distancia (UNED). Hombre apasionado por la defensa de la libertad, los derechos humanos y la protección a los grupos más vulnerables, se caracterizó por su inteligencia, cultura enciclopédica y sagacidad, y, sobre todo, por su enorme humanidad. Debido a tales atributos, le solicité su colaboración como profesor en la citada maestría. Don Rodolfo aceptó porque disfrutaba mucho la enseñanza; fue la última ocasión en que impartió clases. Hoy quisiera compartir una de las muchas anécdotas del maestro. Una vez concluido el mencionado curso, don Rodolfo me propuso hacer una fiesta de clausura en su finca ubicada en Barva de Heredia. Como lo conocía bien, imaginé que iba a intentar armar él solo una carpa que tenía para tales efectos, así que con suficiente antelación llegué a la finca acompañado de don Juan, quien ayudaba a mi madre con el jardín. Una vez preparado todo, don Rodolfo nos invitó a tomarnos algo antes que arribara el alumnado, lo que gustosamente aceptamos porque conversar con él no solo era un honor, sino también una escuela. El jardinero y el profesor. Sentados en la sala, don Juan -un experto en cuestiones de jardinería a quien las circunstancias de la vida no le permitieron aprender a leer ni a escribir- se quedó observando fijamente a don Rodolfo y le preguntó: "Disculpe, señor, ¿usted sale en la tele, verdad?" El profesor asintió y le aclaró que era magistrado de la Sala Constitucional. Acto seguido, nos quedamos un rato en silencio, mas luego volvió don Juan a consultarle: "Y... ¿para qué sirve la Sala Constitucional?". En ese momento, se le iluminaron los ojos a don Rodolfo y de su rostro brotó una sonrisa rebosante de humanidad. Acto seguido, se acercó a don Juan y, por más de una hora, le explicó con muchísima sencillez cómo surgió la Sala, qué derechos protegía, cómo se podía acudir a ella y dónde quedaba. Yo, mientras tanto, me convertí en un tercero, espectador y ensimismado, disfruté cada una de las explicaciones y la claridad del lenguaje utilizado por el maestro. Pocos días después falleció don Rodolfo y, a la semana siguiente, me topé con don Juan en casa de mi madre. Espontáneamente, lo primero que me dijo fue: "Se murió aquel señor, ¿verdad? ¡Qué lástima! ¡Tan buena gente que era!". Valores del espíritu. En lo que a mí concierne, aquel día, todavía afectado por la muerte de don Rodolfo, don Juan remachó en mí lo que significa ser un buen juez. El conocimiento de las normas positivas, la fundamentación de cualquier teoría jurídica, la recitación de letanías doctrinarias, son tareas que cualquier persona con mediana inteligencia puede realizar; para ello, basta con ponerse a estudiar y ser "técnicamente" responsable con el quehacer jurídico en el área en que el profesional en Derecho se desempeñe. Sin embargo, lo que ni los libros ni las universidades por sí solos brindan, son los valores del espíritu, pues ellos dependen de una concepción educacional mucho más amplia y universal. Tales valores son elementos fundamentales de la denominada "justicia con rostro humano", esto es, aquella en la que prima la equidad en la administración de la justicia, en la que el juez o la jueza no es insensible al cúmulo de conflictos humanos envueltos en cada caso que falla, en la que la valoración de la prueba y la compenetración para con el asunto por resolver se encuentren inmersos en una actuación judicial imparcial, ética, respetuosa de los principios fundamentales del derecho constitu- cional y el derecho internacional de los derechos humanos. Espero que, con motivo del proyectado programa de formación inicial de jueces y la instalación del Consejo de la Judicatura, evolucione el sistema de selección de jueces a fin de que el marco humanístico sea debidamente ponderado, máxime cuando la indispensable autonomía del juez exige requerimientos particulares que impidan cualquier tipo de arbitrariedad o prejuicio en su actuación.
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