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Críticas sin fundamento Juan José Echeverría Brealey Abogado Con ocasión de la aprobación de la nueva Ley General de Migración se ha producido una serie de comentarios que distorsionan la realidad y podrían confundir a quienes no conocen su contenido. Colaboré con los funcionarios de Migración, diputados y asesores que redactaron el texto final que fue consultado y aprobado por la Sala Constitucional. Se ha dicho que la Ley es draconiana. Esto no es cierto. ¿Será draconiano castigar el delito de "coyotaje" y a quienes a él se dedican? La Ley castiga a quienes se lucran introduciendo ilegalmente al país a los que emigran del propio, pero no castiga a las víctimas, o sea, a los inmigrantes por este delito. ¿Será draconiano castigar a quienes, aprovechándose de la situación de desventaja e ilegalidad de algunos inmigrantes los contratan por salarios inferiores a los que rigen en el país, sin darles la protección que nuestros regímenes de seguridad social brindan a los trabajadores? Nuestro sistema de asistencia médica y educacional está colapsando porque se les brindan sus servicios aun a quienes están ilegales, pero que no contribuyen a su mantenimiento por la situación en que los tienen sus patronos. Esto no es draconiano. Es proteger a los inmigrantes y castigar a sus explotadores. Se ha atacado la Ley diciendo que viola los derechos de los refugiados. Nada más falso. En su articulado se reafirma el respeto a los derechos humanos de los refugiados y el respeto a lo establecido en los tratados ratificados por el país. Otra falsedad. Se ha dicho que se niega el recurso de apelación por resoluciones de la Dirección de Migración en casos como el de rechazo. Quien eso afirme, no tiene claro lo que es el rechazo. Si un extranjero llega a Costa Rica existiendo un impedimento legítimo para que se le permita su ingreso o sin cumplir con los requisitos establecidos para poder hacerlo, en ese mismo lugar se le impide (como ocurre en cualquier país civilizado) su ingreso y ahí mismo se le devuelve en el primer avión o nave que retorne a su país de origen. Quienes abogan por que esa decisión tuviese recurso de apelación ¿estarán conscientes de que para lograrlo sería necesario permitirle la entrada para poder desarrollar el debido proceso y después andar buscándolo para notificarlo o, lo que sería peor, tenerle retenido por todo el tiempo que duren las apelaciones? Se considera drástico que se castigue a quienes con fines de lucro y como parte de una actividad ilícita de "coyotaje" brinden hospedaje a los ilegales. Según mi criterio no lo es, y se debe recordar que el hospedaje por razones humanitarias no es en forma alguna castigado. Algunos consideran violatorio de los derechos humanos que a un inmigrante ilegal se le retenga por el tiempo estrictamente necesario para determinar su estatus migratorio o para su deportación. El tema ya ha sido objeto de análisis, de estudio y resolución por la Sala Constitucional y esta ha dicho que las autoridades migratorias pueden, por el tiempo estrictamente necesario, retener al extranjero para los fines dichos sin que eso implique, en manera alguna, violación a sus derechos. Oportuna innovación. La mayoría de las atribuciones que da la Ley a las autoridades migratorias ya existen. Los aspectos señalados de castigar el "coyotaje" y la explotación de los inmigrantes ilegales sí es una innovación, muy oportuna a mi juicio, de la nueva ley. Nunca se castiga al inmigrante y, al contrario, se le podrán dar beneficios si con su testimonio contribuye a castigar a quienes se dediquen al "coyotaje". Los extranjeros, a lo largo de la historia, han dado aportes valiosos a nuestra patria, con su actividad intelectual o su simple trabajo. Pero estos aportes deben darse dentro de un régimen de derecho y orden, y nunca podemos ni debemos abrirles nuestras fronteras a delincuentes internacionales. Este es el principal objetivo de la Ley. Como toda creación humana, posiblemente no sea perfecta, pero es muy superior a lo que existe y da el marco jurídico para poner orden en algo tan sensible como la migración.
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