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¿Descentralización?

La descentralización es política; la desconcentración es administrativa

Carlos M. Echeverría E.


La efectividad sostenida del Estado requiere permanente proceso de análisis, evaluación y periódica revi- sión, para resolver contradicciones que le impiden ejercer sus funciones óptimamente o que a raíz de nuevas realidades y desafíos, hacen necesario nuevas formas de gestión. Un tema clave dentro de esa óptica es cuánto conviene descentralizar y cuánto desconcentrar, entendiendo descentralizar como un traslado de competencias, recursos, autoridad para gestar y responsabilidad, del gobierno central a los gobiernos municipales, que en el caso costarricense son la instancia de descentralización lógica.

Desconcentrar se da cuando el Gobierno, mediante la emisión de directrices de política claras y funcionales, faculta a las instancias administrativas inferiores o geográficas ubicadas en la periferia del centro de poder, a resolver asuntos de su competencia dentro del marco establecido por las directrices. En su orientación, la descentralización es política; la desconcentración es administrativa.

Medio, no fin. Los costarricenses, interesados en que nuestra reconocida democracia siga evolucionando hacia instancias superiores, posiblemente ven con simpatía la idea de descentralizar el poder. Sin embargo, la descentralización tiene límites y no siempre es el mejor mecanismo para estructurar una democracia que funcione efectivamente; aquella es un medio, no un fin; no es tampoco garantía de mayor democracia si no existen mecanismos locales que fomenten la participación responsable y efectiva de los ciudadanos.

Con el fortalecimiento que el régimen municipal ha tenido en los últimos años, se han puesto de manifiesto frecuentes tensiones entre lo que son los intereses propios del municipio y los intereses nacionales, no siempre en consonancia. Este tipo de tensiones son lógicas y se dan en prácticamente todas las naciones donde la descentralización política tiene arraigo; requieren, sin embargo, ser periódica y cuidadosamente evaluadas, para mejorar los mecanismos de coordinación entre las instancias descentralizadas y desconcentradas y cuando no hay más remedio y con sumo cuidado, corregir los marcos legales correspondientes.

Limitaciones. Por otro lado, la excesiva descentralización política puede ser inconveniente, en gran parte por las características propias del país: cada vez más pequeño por estar hoy bastante intracomunicado y con recursos materiales y financieros limitados, que hace difícil el dotar a cada municipalidad de los recursos humanos y sistemas de trabajo y de apoyo mínimos para tomar las mejores decisiones políticas y brindar sus servicios con efectividad; es más, algunas municipalidades están tan cercanas unas de otras que no se justifica lo que podría ser una duplicación de gasto y recursos subutilizados. De allí la importancia de los consorcios municipales para ofrecer servicios a la comunidad y de apoyo técnico y administrativo entre ellos. Algo se ha hecho al respecto, pero falta mucho todavía.

Es fundamental que el régimen municipal esté inmerso en el proceso de planificación nacional y de implementación de los planes nacionales de desarrollo, desagregados a final de cuentas en planes regionales y sectoriales que por lógica se entremezclan en la implementación. Es necesario buscar equilibrios precisos, efectivos y funcionales entre la descentralización y la desconcentración. Esta última, debidamente implementada en el marco de buenos planes regionales y sectoriales de desarrollo y acompañada por un esquema de participación popular y contacto Gobierno central-Gobiernos locales-comunidad, como el de la regionalización territorial y sus Consejos de Desarrollo Regional promovidos en el marco del Sistema de Planificación Nacional, debería contribuir a reducir las contradicciones anteriormente apuntadas y a fortalecer inclusive al régimen municipal en el ejercicio del poder descentralizado, al coadyuvar a su efectividad... eficiencia en el uso de los escasos recursos disponibles y eficacia en la prestación de sus servicios.

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