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credito fotografo
Reglamento da acceso a toda información crediticia

Bancos crean lista de malos deudores

Clasificación es de acuerdo con el comportamiento crediticio de 4 años
Expertos con algunas dudas por considerar medida retroactiva

Lizbeth Ulett
lulett@nacion.com

Los bancos están clasificando a los deudores como buenos o malos de acuerdo con el récord histórico de pago, de las obligaciones vigentes o extintas, de los últimos cuatro años.

La capacidad de pago del cliente y las garantías, también se utilizan para realizar la clasificación.

Esta modificación se aplica desde el 9 de octubre y está regida por el Reglamento para la Clasificación de Deudores, conocida como la normativa Sugef 1-05, publicada en La Gaceta el 9 de diciembre del 2005.

El Centro de Información Crediticia de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), es el ente encargado de otorgar la información histórica a los acreedores pero con previa autorización del deudor (generalmente con una carta).

“Esta idea es buena pues la normativa permite estudiar a todos los deudores por su récord de pago, y basados en esa información y en la capacidad de pago y las garantías que aportan puede hacer un ranquin de la calidad de los deudores como sujetos de pago ”, dijo el subgerente de riesgo del Banco Nacional, Bernardo Alfaro.

El objetivo de este reglamento es profesionalizar poco a poco la medición del riesgo crediticio, según Alberto Dent, presidente del Consejo Nacional de Supervisión Financiera (Conassif).

Conocer mejor

“Este reglamento es bueno pues permite estudiar a todos los deudores por su récord de pago, y basados en esa información se puede hacer un ranquin de deudores

Bernardo Alfaro

Subgerente de riesgo Banco Nacional

Información

Deudores o acreedores pueden solicitar su información financiaras a la Sugef o bancos

Crítica. En general, el reglamento es bien acogido por los banqueros, pero a su vez algunos están en desacuerdo con lo que estiman la aplicación retroactiva de la norma.

El economista Ronulfo Jiménez dijo que al tomar en cuenta el historial de pago del deudor la norma se vuelve retroactiva, pues hace cuatro años no sabía que su comportamiento podría afectarle sus créditos futuros.

Dent y el superintendente de entidades financieras, Óscar Rodríguez, están en desacuerdo con la posición de retroactividad al considerar que en todo crédito se toma en cuenta el comportamiento histórico del deudor, solo que ahora se hace con todo el sistema financiero.

Otro caso es el de las líneas de crédito, pues la norma también se aplica en operaciones realizadas antes del 9 de octubre.

Clasificación. Una vez que la información está en posesión de los bancos estos la analizan y clasifican a los deudores en una de las ocho categorías de riesgo (de A a E, donde A es la mayor y E es la menor).

Según esto, el banco deberá hacer mayores o menores estimaciones (registro contable) para enfrentar el riesgo de no pago. Entre menor sea la calificación, mayor es la estimación de provisiones.

En el crédito impactan mucho las garantías dadas por el deudor, pues estas tienen un carácter de mitigador de riesgo, al tener buenas garantías el banco no tiene que hacer estimaciones pues la pérdida esperadas es cero, dijo Alfaro.

“Con esto los bancos preferirán a aquellos deudores que no requieran de demasiadas reservas de dinero o que tengan buenas garantías”, indicó un banquero que prefirió no ser identificado.

Los créditos personales hipotecarios o de vehículos al tener garantías reales que funcionan como mitigantes de riesgo deberán hacer menos estimaciones de provisiones, pues si el deudor tiene una garantía real, se convierte en un sujeto de crédito con garantías líquidas o sólidas.

El banquero, que prefiere no identificarse, dijo que respecto a la banca de empresas “no es común tener garantías reales, por lo que sería de esperar mayores niveles de provisión para este segmento”.

Más información. Antes de aplicar el reglamento las entidades financieras clasificaban a los deudores de acuerdo con la información disponible por el banco, pero ahora deben hacerlo con la de todo el sistema financiero.

Si, por ejemplo, un cliente está catalogado como A en un banco, pero en otro no ha sido tan cumplido y es C, la referencia que se utiliza con el intercambio de información es la más baja (C).

Si en cuatro años un cliente tiene en su récord repetidos cobros judiciales o créditos incobrables, se convierten en no financiable, pues el banco deben hacer estimaciones importantes aunque hoy se encuentre al día, o deberá presentar una alta garantía.

Autorización de estudio

requisitos de deudores

A la hora de solicitar un préstamo el deudor debe firmar una carta en la que autoriza a la entidad financiera, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras, a conceder toda la información por medio del Centro de Información Crediticia.

Según la normativa, el grupo que comprende a los deudores con saldos mayores a ¢50 millones serán calificados con base en tres criterios: la capacidad de pago, el comportamiento de pago histórico y la morosidad.

Los deudores con saldos iguales o menores a ¢50 millones se calificarán únicamente con base en su morosidad y su comportamiento de pago histórico.

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Lun 18/Dic/2006
Fuente: B.C.C.R.

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