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Transparencia sin ataduras

El uso de la “transparencia” como “término bandera” parece ser un pretexto

Robert F. Beers
Abogado constitucionalista

Recientemente se quiso incorporar al nuevo Código Electoral, que se discute en la Asamblea Legislativa, un par de mociones dirigidas a regular las encuestas y sondeos de opinión. Tales mociones generaron fuerte reacción de la prensa y de varias empresas interesadas, por lo que vale la pena reflexionar serenamente sobre la pertinencia de las propuestas. El uso de la “transparencia” como “término bandera” (al decir del jurista y filósofo don Pedro Haba) parece ser pretexto frecuente para implantar precipitadamente regulaciones excesivas y con ribetes de inconstitucionalidad.

Muy pronto resuenan los lamentos cuando se hacen evidentes las consecuencias cotidianas de normas abusivas; pero modificarlas es un proceso aún más difícil que el de su aprobación original (caso de la ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito). Entonces, se debe legislar con seriedad y paciencia, recabando los criterios especializados antes de tomar una decisión, como acertadamente procura hacer la Comisión de Reformas Electorales ante este tema.

Sin sustento. Lo que parece no tener asidero en ningún principio constitucional es el someter a las empresas encuestadoras y a los medios de comunicación a una “certificación” de la transparencia y publicidad de los datos que publican. Depositar esta potestad en el poder público (en este caso, el TSE) es una peligrosa restricción a las libertades de empresa, comercio y expresión. Además, quebranta el artículo 24 de la Constitución (inviolabilidad de los documentos privados) pues se obliga a la entrega de datos técnicos elaborados en cumplimiento de un contrato privado, para ser usufructuados por los partidos o cualquier particular. La pregunta es: ¿se podría con estos datos identificar la preferencia partidaria de una persona y ejercer represalias?

Las encuestas políticas son solo parte de la amplia gama de servicios que ofrecen las empresas dedicadas a medir la opinión pública. Existen además investigaciones socioeconómicas de mayor amplitud, estudios comerciales de mercado, entre otros. Así, el prestigio y confiabilidad de los estudios son claves para la inserción y ubicación de una empresa encuestadora en el mercado. La credibilidad es su negocio, y no es lógico creer que la sacrificará por un interés político momentáneo. Las encuestadoras en todo el orbe se toman este punto tan en serio, que poseen códigos internacionales de ética para exigir contractualmente a sus clientes que la información publicada no sea “engañosa” (por ejemplo la Regla 27 del Código europeo).

Natural devenir. Suele explicarse la naturaleza de una encuesta política como la de una “fotografía del momento” de su elaboración. Al margen de la metodología empleada, sus datos podrán ser empleados como elementos propagandísticos y de comunicación política, no solo para describir una determinada situación sino para inducir un cambio en las condiciones reveladas en la encuesta.

La influencia de uno o varios sondeos de opinión en el resultado final de un proceso electoral no solo está determinada por la publicación de los datos y el manejo que de estos hagan los medios noticiosos, sino por la capacidad de respuesta de las estructuras político-partidistas respecto a su entorno. Los expertos europeos afirman que es tan posible el efecto de “subirse al tren ganador” como el de “ayudar al segundo”, o bien que ningún efecto real ocurra. Esto de ninguna manera es un rasgo diabólico o negativo, sino simplemente el natural devenir de un sistema democrático en la era de la información.

La discusión de encuestas ante la opinión pública rara vez responde a una total objetividad. Sin embargo, para corregir esta situación es un error proponer o respaldar una restricción. No es de recibo exigir la publicación de más datos que los que validen su realización científica, de acuerdo a cánones internacionales reconocidos, ni mucho menos supeditarla al control del poder público (cuya contención es precisamente la razón de ser del Derecho Constitucional).

Los sondeos científicos abiertos caracterizan a las democracias. Son una de las mayores herencias políticas del siglo XX, y resulta altamente peligroso echar mano, para debilitarla, de la “transparencia” o de cualquier otra palabra de moda.

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