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La emergencia no crea poder

Las líneas verticales o fáciles solo existen en las tiranías o en los westerns

Paul Rueda


A causa de los atentados terroristas del 11 de setiembre, Bush emitió el TSP (Terrorist Surveillance Program), programa diseñado para que la NSA (National Security Agency) pudiese espiar ciertas comunicaciones (telefonemas, correos electrónicos y chateos) entre sospechosos de terrorismo, sin previo control jurisdiccional.

Sin lugar a dudas, el fin perseguido -lucha contra el terrorismo- es del todo legítimo; empero, ese objetivo no puede justificar lesión alguna al régimen de libertades fundamentales. Así lo declaró el 17 de agosto pasado Anna Diggs Taylor, respetada jurista y primera mujer de raza negra que logró un nombramiento como jueza en el Tribunal Federal de Primera Instancia del Distrito Este de Michigan, ante una demanda interpuesta por organizaciones civiles, abogados, periodistas y estudiantes.

Este fallo de primera instancia se basa en la carencia de facultades constitucionales del presidente para emitir vía ejecutiva instrucciones que violenten derechos constitucionales y transgredan leyes emitidas por el Congreso.

Desde 1978, la Foreign Intelligence Surveillance Act (Ley de Vigilancia de Inteligencia Extranjera - FISA) ha afianzado un equilibrio entre la oportuna y célebre defensa contra el terrorismo y los derechos constitucionales a la privacidad y libertad, esenciales en toda democracia. La FISA regula en qué casos el presidente, a través del ministro de Justicia, puede intervenir comunicaciones sin orden judicial, p. ej.: hasta por 15 días luego de una declaratoria de guerra y hasta por un año en determinadas circunstancias, si no hay ciudadanos estadounidenses involucrados. Además, le permite al Ejecutivo llevar a cabo tales intervenciones, incluso referidas a ciudadanos, sujetas al control jurisdiccional previo.

Ese marco garantista fue violentado por un mero decreto con el argumento de que las facultades constitucionales del presidente y la Authorization for Use of Military Force Against Iraq Resolution del 2002 otorgaban semejante poder.

La cuarta enmienda. Referente a ese punto, primeramente, la jueza sentenció que el TSP violenta tanto la cuarta enmienda de la constitución estadounidense, en la medida en que el Ejecutivo irrumpe en la privacidad ciudadana sin control jurisdiccional alguno, como la primera, puesto que ningún ciudadano estadounidense puede ser considerado terrorista por el mero hecho del ejercicio de su libertad de expresión.

Particular interés merece la reflexión en cuanto a la violación del principio de división de poderes (art. II de la Constitución estadounidense). La jueza dictamina que, no obstante la flexible extensión de los poderes constitucionales del presidente, en ningún caso está legitimado para actuar en contra de una expresa manifestación de voluntad del Congreso: la ley FISA.

Agrega que la Presidencia es un cargo creado por la propia Constitución, esto es, sujeto a los límites fijados en ese cuerpo legal, de manera que en EE. UU. no existen derechos monárquicos heredados ni potestades inherentes ajenas a las estatuidas en la Ley Fundamental. En alusión al caso Ex Parte Milligan, reafirma que la Constitución, en guerra o en paz, de igual forma es ley para gobernantes y gobernados: el respeto a las garantías del orden constitucional es aún más obligatorio cuando se está frente a una emergencia. Ergo, la democracia es los antípodas del gobierno imperial; la labor de salvaguardar el equilibrio constitucional es responsabilidad de todos los Poderes según su competencia.

Como era de esperarse, Bush ya apeló el fallo, lo que no demerita la honestidad intelectual de la jueza Taylor y la congruencia argumentativa de su histórico fallo, que se suma a la línea esbozada en el caso Hamdi vs. Rumsfeld, en el que 8 de los 9 de los nueve jueces de la Corte Suprema coincidieron en que el Poder Ejecutivo no tenía la facultad de detener indefinidamente a un ciudadano sin la aplicación del debido proceso y el control jurisdiccional. La jurisprudencia estadounidense nos reafirma que los problemas de la democracia solo se solucionan en democracia; las líneas verticales y fáciles, por más expeditas que sean, solo existen en las tiranías o en los westerns.

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