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Con la aplicación del SAC, el mercado bursátil se adecua a las tendencias internacionales.
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Mercado de Valores

Aprobado reglamento de anotación en cuenta


David Leal C.
dleal@nacion.com

El Consejo Nacional de Supervisión Financiera aprobó el reglamento de anotación en cuenta.

El sistema de anotación en cuenta (SAC) consiste en un registro contable y electrónico de los valores, de manera que ya no se requerirán los títulos físicos -en papel-.

En el reglamento se regulan la organización y el funcionamiento de los registros, los sistemas de identificación y el control de los títulos valores (bonos y papel comercial, por ejemplo) representados por medio de anotaciones electrónicas en una cuenta.

Objetivo. Con la implementación de un sistema de este tipo se pretende agilizar las operaciones en el mercado bursátil, así como reducir los riesgos asociados a la manipulación de los títulos físicos.

Asimismo, el SAC permitirá al Banco Central contar con un mecanismo más eficiente para transar sus bonos y ampliar los tipos de valores que podrá ofrecer directamente por Internet.

En un principio el proceso de anotación en cuenta se iniciará con las nuevas emisiones de valores que realice el sector público (Gobierno e instituciones).

En la segunda etapa prevista, todas las emisiones actuales del Banco Central de Costa Rica y del Ministerio de Hacienda se podrán pasar a anotaciones, y luego se incorporará el sector privado.

El Banco Central es el responsable de administrar el registro de las emisiones del Estado y las instituciones públicas. Además, esa función la puede delegar en otras entidades autorizadas.

Las centrales de valores autorizadas por la Superintendencia General de Valores (Sugeval) para brindar los servicios del SAC tendrán a su cargo el registro de las emisiones del sector privado.

Esas empresas, aparte de contar con la aprobación de la Sugeval, deben cumplir con una serie de requisitos tecnológicos y de personal capacitado, de acuerdo con lo que señala el nuevo reglamento.

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Mié 16/Ago/2006
Fuente: B.C.C.R.

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