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Un gabinete rector

Nuestro sistema no tiene un supraministro que asuma la jefatura gerencial del Gobierno

Luis Arnoldo Pacheco Sánchez


Los consejos ministeriales -institucionalmente- agrupan a los jerarcas públicos más responsables por la gobernabilidad -o ingobernabilidad- en las democracias republicanas, parlamentarias o presidenciales. Tal funcionalidad, en la praxis, requiere mayoría absoluta de diputados progubernamentales, un número muy selectivo de ministros rectores y una ágil e inteligente infraestructura de los gabinetes respectivos.

Así, en el paradigmático republicanismo francés, el gabinete rector es jefeado por un primer ministro designado por el presidente de la República; empero, antes de iniciar su gestión, el premier debe asegurarse -con votos propios o negociados con partidos opositores- al menos un 51% de los votos legislativos básicos para apalancar su quehacer gerencial. Luego -en general- designan unos cuatro o cinco ministros de Estado (senior ministers) rectores de los megaministerios más estratégicos para Francia (Defensa, Relaciones Exteriores, Educación, Desarrollo Social, .). Después, a título de jerarcas "adjuntos", encargan a un equipo de secretarios de Estado y de gobierno (junior ministers), el manejo de las carteras subsectoriales y los programas coyunturales principales.

Muy rectores. El trabajo se efectúa en consejos de Estado muy rectores (presidente de la República, primer ministro y senior ministers), cuyas megadirectrices son de alcance incluso extranacional. Y en consejos ministeriales (premie r, secretarios de Estado, de gobierno y.) cuyo papel es coordinador e informativo. Además, el presidente, jefe de Estado, puede remover al premier cuando resulte incompetente o tras un voto de censura parlamentario y, también, disolver los cuerpos diputadiles, extraconflictivos e inoperantes (acciones y efectos de los "pesos y contrapesos" inter poderes).

En contraste, en el poscolonial presidencialismo costarricense, el gabinete, dirigido por el presidente, jefe de Estado, carece de un supraministro (primus interpares) que -en términos institucionales- asuma la jefatura gerencial del Gobierno. El colectivo ministerial tampoco está jerarquizado según macrosectores nacionales. Y el trabajo -tradicionalmente- se realiza en cuerpos pluriampliados (unos 15 ministros titulares, 2 vicepresidentes, ministros sin cartera, viceministros, presidentes de autónomas, jefes de fracciones legislativas, asesores e invitados especiales). Encima, en los últimos cinco comicios presidenciales, los partidos triunfantes no han logrado alcanzar el 51% de los diputados partidistas, lo que, junto con las disfuncionalidades aludidas, erosiona la gobernabilidad del país.

Cuatro megasectores. No obstante, Abel Pacheco, en busca de mayor eficiencia estatal, durante su mandato puso en práctica un Consejo Social, un Consejo Económico, un Consejo de Ambiente y un Consejo de Seguridad Ciudadana. En la administración actual, Kevin Casas anunció en abril que el gabinete -con atinados argumentos conceptuales- concentraría varios ministerios e instituciones públicas en unos cuatro megasectores o rectorías: social, productiva, económica y financiera (La Prensa Libre, 22 y 25 de abril del 2006); después, en un reglamento del Poder Ejecutivo (reeditado el 8 de mayo y publicado en La Gaceta el 18 de ese mes germinal) se decretó que el Consejo de Gobierno (presidente de la República y ministros con o sin cartera) estará compuesto por 12 sectores, 13 rectorías y 12 consejos sectoriales (artículos: 1-3, 2, 3, 11 y 13). Entonces, es menester esperar la conclusión del cuatrienio en curso para valorar el acierto y la funcionalidad de tan desjerarquizado, sectorizado y rectorizado cuerpo ministerial.

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