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Corte hace pública condena a Venezuela por caso de Retén Catia



San José (ACAN-EFE). La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, hizo pública la sentencia contra al Estado de Venezuela por la ejecución extrajudicial de 37 reclusos del Retén de Catia, ubicado en Caracas, el 27 de noviembre de 1992.

La sentencia de la Corte, publicada hoy en su página de internet, fue dictada el 5 de julio pasado y señala que el Estado venezolano violó los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales y protección judicial, en perjuicio de los 37 reclusos fallecidos y sus familiares.

El documento fue hecho público hasta ahora, pues primero se debe notificar a las partes, según indican los procedimientos del tribunal.

La demanda por este caso fue presentada en febrero del 2005 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual pidió a la Corte que condenara al Estado venezolano por la ejecución extrajudicial de los 37 reclusos del Retén de Catia, ubicado en Caracas.

Según la CIDH, estos hechos ocurrieron después de un segundo intento de golpe militar en Venezuela que originó una agitación dentro del retén, el cual provocó que los guardias de ese centro y tropas del Comando Regional 5 de la Guardia Nacional y de la Policía Metropolitana intervinieran.

La demanda indica que las fuerzas policiales actuaron "masivamente con uso desproporcionado de la fuerza y disparando indiscriminadamente a la población reclusa".

En su sentencia, la Corte ordenó al Estado venezolano el pago total de cerca de tres millones de dólares a las familias de los reclusos muertos por el daño material ocasionado.

Por daño inmaterial el tribunal fijó la suma de 75.000 dólares por cada una de las 37 víctimas, mientras que por este mismo concepto el padre, madre, cónyuge y cada hijo de las víctimas recibirá 25.000 dólares.

La Corte también ordenó a Venezuela llevar a cabo las acciones necesarias para identificar, juzgar y sancionar a los responsables por este caso y capacitar en materia de derechos humanos a los policías.

El Estado deberá adoptar, dentro de un plazo razonable, las medidas necesarias para que las condiciones de las cárceles se adecúen a los estándares internacionales, además de capacitar a los miembros de los cuerpos de seguridad para evitar violaciones a los derechos humanos, añade el documento.

La Corte también admitió el reconocimiento de responsabilidad expresado por Venezuela, pero decidió que en el plazo de seis meses se lleve a cabo un acto de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpa pública.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, establecida en 1979, es una institución judicial autónoma de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuyo objetivo es la interpretación y aplicación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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