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TSE avala reclamo de Justo Orozco por deuda política Partido nacional que logre 4% de votos de diputados tendrá deuda políticaDos magistrados salvaron su voto en nueva interpretación de la Constitución Cambio de mando 2006 José Enrique Rojas jrojas@nacion.com El Partido Renovación Costarricense (PRC) podrá recibir hasta ¢183,7 millones de contribución estatal a pesar de que no eligió diputados ni tampoco logró al menos un 4% de los votos válidos para presidente y legisladores. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) realizó el 6 de abril una nueva interpretación del artículo 96 de la Constitución Política que define los requerimientos para que un partido tenga derecho a reclamar deuda política.
El TSE aprobó que los inscritos a escala nacional también podrán cobrar deuda cuando alcancen un 4% de los votos válidos para diputado en alguna provincia. Luis Antonio Sobrado, magistrado del TSE, explicó que anteriormente ese procentaje solo beneficiaba a grupos inscritos a nivel provincial; ahora, se aplica también a partidos nacionales. El artículo constitucional indica que tendrán derecho a la contribución estatal "los partidos políticos que alcanzaren al menos un 4% de los sufragios válidamente emitidos a escala nacional o los inscritos a escala provincial, que obtuvieren como mínimo ese porcentaje en la provincia o eligieren, por lo menos, un diputado" . En anteriores interpretaciones, el Tribunal definió que los partidos nacionales, como el PRC, que no elegían un diputado o no alcanzaban un 4% de la suma total de los votos válidos para presidente y diputados no obtenían contribución. Sin embargo, Justo Orozco Álvarez, presidente del PRC, y Wálter Muñoz Céspedes, del Partido Integración Nacional, pidieron una revisión de la interpretación. La resolución fue notificada ayer. Según cálculos de La Nación con base en los resultados de las elecciones de febrero, la nueva interpretación solo beneficiará al PRC, que obtuvo al menos un 4% de los votos válidos para diputados en Alajuela, Heredia, Guanacaste, Puntarenas y Limón. El PRC solo podrá cobrar los votos obtenidos en esas provincias. Ventaja. En el análisis participaron los magistrados Óscar Fonseca, Luis Antonio Sobrado, Eugenia María Zamora, Juan Antonio Casafont y Ovelio Rodríguez Chaverri. Fonseca, Casafont y Rodríguez acuerparon la nueva interpretación, mientras que Sobrado y Zamora salvaron su voto en la resolución. Argumentaron que el artículo 96 es "suficientemente claro al establecer expresamente un tratamiento diferenciado para los partidos inscritos a escala nacional y los que participan provincialmente". El TSE espera definir la otra semana los partidos con derecho a parte de los ¢13.956 millones de aporte estatal. Aún debe resolver un alegato de Unión para el Cambio (UPC), que también cuestiona la distribución de la deuda.
Justo Orozco Excandidato a diputado de Renovación costarriC. 'Hubo justicia divina' Además del dinero que podrá liquidar Renovación Costarricense, ¿qué significa esta nueva interpretación del TSE? Somos la quinta fuerza electoral. Había una incongruencia: en cinco provincias superamos el 4% de los votos válidos para diputados y no teníamos derecho a deuda por el pecado de ser nacionales, mientras que partidos provinciales con menos votos sí podían. ¿Por qué sin lograr diputados ustedes deben recibir contribución estatal? Aunque no sacamos diputados obtuvimos más votos que hace cuatro años. También elegimos más regidores. Nuestra estrategia privó y hubo justicia divina. Las cosas cambian, gracias a Dios nuestra tesis fue acogida por los magistrados, estamos vivos y vamos a seguir trabajando y pagaremos todos nuestros compromisos. ¿Les alcanzan los ¢183 millones para pagar sus deudas? Muchas personas aportaron su ayuda para que con bonos pagáramos la publicidad en medios de comunicación. Ahora podremos recuperar una parte, o sea, no perderemos tanto. Agradecemos a Dios, algún día podremos tener mejores resultados electorales, nos alegra que ahora abrimos brecha en la jurisprudencia.
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