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EDITORIAL

Enojo y desconcierto

La ley ampara a los imputados, pero conviene encontrar una salida, en casos especiales, en resguardo del interés público


La Nación publicó, el miércoles pasado, un reportaje del periodista Otto Vargas sobre un juez, de apellido Calero, que, condenado en primera instancia, el 27 de junio del 2005, por el Tribunal de Juicio de Heredia, por abusos sexuales contra una estudiante menor de edad, se mantiene en su puesto en el Poder Judicial. Este mismo juez fue objeto, asimismo, de una investigación, de parte del Consejo Superior del Poder Judicial, el cual acordó despedirlo, el 19 de octubre del 2004, por violar las normas referentes a la dedicación exclusiva. Dicho funcionario prestó sus servicios como abogado de una familia, necesitada de patrocinio jurídico para una hija.

No hay razones de orden legal para poner en duda el proceder del Poder Judicial al dejar en su cargo al juez cuestionado, por cuanto la sentencia aún no está en firme y, además, apeló la decisión administrativa del Consejo ante lo contencioso administrativo, lo que aún no se ha resuelto. Sin ánimo tampoco de emitir criterio sobre la culpabilidad de este funcionario judicial, cabe destacar, sin embargo, que las resoluciones contra el juez citado hacen hincapié en sus condiciones académicas particulares por lo que, de confirmarse los hechos, su proceder es más grave aún. La prestación de un servicio profesional privado, que admitió, siendo juez de la República, refleja, asimismo, un desdén evidente por las normas legales y morales.

Desde el punto de vista legal, esta es la situación. Sin embargo, este tipo de casos desborda lo legal por su repercusión en las víctimas y en la sociedad. Una noticia de estas causa, por su propia naturaleza, sobresalto e ira, los que se intensifican si se tiene en cuenta que, recientemente, este periódico informó sobre la permanencia en su cargo del director de un colegio condenado por abusos sexuales. En esta oportunidad, se dieron a conocer también diversas situaciones parecidas en colegios y escuelas, y se verificó que las autoridades educativas no tenían a mano instrumentos legales para actuar. En suma, un juez y un educador, cuyas historias se pueden repetir, condenados por delitos tan severos siguen en sus puestos.

Nos referimos a estos dos profesionales por tratarse, precisamente, de casos especiales. Contraría el sentido común y el más elemental respeto a las normas morales, así como a la dignidad de las personas, esto es, de las víctimas, de las familias y de la sociedad, que un educador, por razones legales, continúe en sus labores "educativas", es decir, en contacto con los niños y adolescentes, sus presas. Nos preguntamos, asimismo, qué confianza puede depararles al Poder Judicial y a la sociedad un juez, dados la extrema sensibilidad y alcance de sus decisiones, en estas condiciones. Aun al amparo del principio de inocencia, este choque de intereses y de valores causa un serio desajuste social e institucional.

Es preciso, entonces, que las personas versadas en la materia, particularmente en el ámbito del Poder Judicial, le den pensamiento a estas situaciones y traten de encontrar una salida de tal suerte que, sin quebrantar las normas legales o los derechos constitucionales, queden resguardados los derechos de las personas y el interés público. No creemos que un juez o un educador necesariamente deban desempeñarse como tales mientras se ventile su situación en los tribunales de justicia. Este proceder no es razonable ni justificable. Tampoco conviene a la majestad del Poder Judicial o del sistema educativo. Y como, al parecer, cada día nos depara una sorpresa en materia de valores éticos, bien está actuar con sabiduría y autoridad.

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