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Los denunciantes alegan que los paquetes distan de lo ofrecido por las empresas. (Fotografía ilustrativa).
archivo
Tiempos compartidos en sitios de descanso

Quejas por planes vacacionales superan las del año pasado

En todo el 2005 hubo 55 denuncias; en lo que va de este año, la cifra llega a 57
MEIC previene a consumidores por publicidad engañosa y ventas 'a presión'

Juan Fernando Lara S.
jlara@nacion.com

En el primer trimestre de este año, las denuncias contra empresas que venden planes vacacionales superaron todas las del 2005, según la Dirección de Apoyo al Consumidor (DAC).

Este año se registran ya 57 denuncias contra las 55 recibidas el año pasado, confirmó Cynthia Zapata, directora de la DAC.

La mayoría de quejas admitidas por esa dependencia del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) alegan incumplimiento de contratos o que las empresas eludieron el derecho de retracto que tienen los clientes.

Este tipo de oferta vacacional puede adquirirse bajo la modalidad de tiempos compartidos o sistemas de afiliación denominados ventas "a futuro" o a plazo.

Los conflictos, afirma Zapata, aparecen porque algunas empresas incumplen los contratos cuando aquello que ofrecieron a sus clientes dista de lo que en la práctica se les otorgó.

Eso incrementa el número de denuncias, añadió la funcionaria. Agregó que algunas compañías operan al margen de los requisitos solicitados por el MEIC.

Sin registro. Ese Ministerio impuso condiciones a las empresas que venden sistemas vacacionales mediante los cuales se confirma su capacidad para responder por todos sus contratos.

No obstante, un registro en el MEIC no garantiza que estén libres de conflictos pues también se ha denunciado a compañías de esa lista.

En los últimos 15 meses -terminados en marzo-, cuatro empresas acumulan 59 de las 112 denuncias recibidas en ese lapso.

Según los documentos de la DAC, esas compañías son: Cadena de Desarrollos Turísticos (Cadetur), North Caroline's Business Corporation, Marketing Bahía de Los Delfines y Eco Playa Beach Resort Costa Rica.

La funcionaria añadió que otro de los inconvenientes asociados a este problema es que algunos comerciantes se valen de publicidad engañosa para atraer clientes a una reunión y, llegados al sitio de la entrevista, las personas son presionadas a firmar las afiliaciones.

"Uno llega y se da cuenta de que todo es un engaño pues la tal cena que prometieron solo la dan si se firma un contrato, y los premios que habían garantizado tienen condiciones", dijo la funcionaria.

Algunas personas, explicó Zapata, terminan firmando un documento debido a la prolongada insistencia de los vendedores, "que muchas veces les dicen una cosa a las personas, pero el contrato señala otra distinta", concluyó.

Empresas responden. El gerente de Cadetur, Luis Chacón, explicó que las denuncias contra su empresa surgieron por causa de una firma que comercializó "muy rápido" sus productos, lo cual ocasionó la aparición de estos casos.

Actualmente ya no trabajan con dicha compañía. Agregó que en todos los casos han conciliado con los clientes o están en ese proceso.

Chacón dijo que en mayo esperan registrarse en el MEIC para dar más garantías a sus clientes, pero considera que su actividad no se enmarca dentro de las ventas a plazo, como afirma el Ministerio.

Por su parte, el presidente de North Caroline's Business Corporation, Rolando Loaiza, dijo que su volumen de ventas es muy alto y es inevitable la aparición de algunos clientes inconformes.

Durante el 2005, expresó, más de 2.600 familias se unieron a la empresa y un 99% de sus clientes está satisfecho.

Loaiza afirma que las denuncias en su contra provienen de personas deseosas de recuperar el dinero invertido en una afiliación, en momentos de necesidad económica.

Indicó que evalúa registrarse en el MEIC y así brindar más respaldo a su clientela. También ha conciliado en todos los casos de denuncias, y afirma que siempre responderá de esta manera.

Consejos básicos

Sin presiones

No firme un contrato bajo presión. Nadie tiene derecho a "empujarlo" a tomar una decisión de consumo.

Lectura atenta

Lea con cuidado el contrato que le ofrecen y asegúrese de entender con claridad todas las cláusulas.

Testigos

Si quien le ofrece el plan vacacional o tiempo compartido manifiesta verbalmente aspectos ligados al contrato que va a firmar, asegúrese de tener un testigo que luego pueda confirmarlo.

Incumplimiento

Si la empresa incumple cláusulas estipuladas en el contrato, puede plantearse una denuncia en un plazo de dos meses a partir de la fecha en que ocurrieron los hechos denunciados.

Copia de respaldo

Guarde una copia del contrato que ha firmado en caso de que requiera consultarlo para aclarar dudas.

Gastos

Averigüe bien el monto de la cuota de mantenimiento si esta existe, y cerciórese de cómo le cobrarán pues puede variar en el futuro.

Premios

Los premios ofrecidos por las empresas deben respetarse y su disfrute no implica una suscripción al sistema de tiempo compartido. Recuerde también indagar muy bien la legitimidad de quien vende.

Personas pueden deshacer contratos firmados

Derecho de retracto

La Ley de promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor establece (artículo 40) el derecho de retracto, es decir, la posibilidad de dejar sin efecto contratos en casos de ventas a domicilio.

La intención del artículo es brindarle una protección al consumidor ante su imposibilidad de buscar alternativas en el mercado pues se presume que la persona fue abordada y luego persuadida a firmar un contrato. Esto también se extiende a los tiempos compartidos y planes vacacionales.

Quien se acoge al derecho de retracto, da por rescindido el contrato siempre y cuando no haya utilizado el producto o servicio.

El derecho solo puede ejercerse si se cumplen ciertas condiciones.

Una de ellas es que el contrato no se haya suscrito en el propio local de la empresa: la firma debió realizarse, por ejemplo, en un restaurante u otro sitio distinto.

Además, la persona solo puede acudir al derecho en los siguientes ocho días naturales a partir de la firma del contrato.

El retracto debe comunicarse por escrito al vendedor y exigirle una firma de recibido pues el consumidor tendrá así un respaldo para demostrar que ejerció el derecho.

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sáb 15/abr/2006
Fuente: B.C.C.R.

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