Este es un servicio mayorista que prestan dichas compañías en España, pero de forma indirecta afectan a los usuarios finales.
La Dirección de Investigación les abrió un proceso sancionatorio por “un posible abuso de posición de dominio”, prohibido en el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y en el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
“De la información obrante en el expediente se desprenden indicios de que los operadores señalados habrían incurrido en una conducta consistente en la aplicación de precios excesivos en los servicios mayoristas de originación y de terminación de mensajes cortos SMS y MMS de ámbito nacional en sus redes de telefonía móvil”, indica la Comisión.
No obstante, será hasta que finalice la investigación, dentro de un máximo de 18 meses, que se determine sí hay responsabilidad atribuible a las compañías.
Los servicios mayoristas de originación de mensajes corresponden a la interconexión que las empresas celulares con red de acceso propia prestan a los operadores móviles virtuales que carecen de infraestructura.