Los magistrados de la Sala Constitucional solicitaron ayer a la Sutel aclarar por qué defiende, con tanto ahínco, la modalidad de cobro por descarga de datos para el servicio de Internet móvil.
La petición fue hecha ayer en una audiencia convocada por ese tribunal, luego de recibir un recurso de amparo. La Sala pretendía conocer a fondo las posiciones de los defensores y detractores de la propuesta de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel).
Ante la interrogante, Marileana Méndez, presidenta del Consejo de la Sutel, aclaró que el único propósito es justificar la necesidad de llevar la iniciativa a una audiencia pública. Solo así, dijo, será posible recopilar opiniones y, finalmente, tomar una decisión.
La iniciativa de la Superintendencia pretende implementar en el país la siguiente propuesta de cobro: que los clientes del servicio pospago paguen la misma tarifa de ¢0,0075 por kilobyte por descarga, que hoy cancelan (más impuestos) los usuarios prepago.
Ahora la tarifa vigente para telefonía móvil pospago es plana y se aplica según la velocidad.
De acuerdo con Méndez, el propósito de la Sutel es que las personas escojan entre las dos modalidades; esto es, que ambas coexistan como en Alemania o Colombia.
En Costa Rica, el 17% de los usuarios de telefonía tienen el servicio pospago, mientras que el 83% son prepago.
La propuesta de la Superintendencia y sus efectos generó una gran cantidad de reacciones y posiciones desde su divulgación.
Además de la Sutel, en la audiencia de ayer estuvieron la Defensoría de los Habitantes y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt).
El principal reclamo de Eduardo Chacón (quien presentó el amparo, pero no llegó a la vista) es que a la Sutel no le compete fijar las tarifas, pues es juez y parte. Los magistrados de la Sala tienen un mes para dictar una resolución.
¿Qué pelean? Con respecto al principal reclamo del recurrente, el Micitt y la Sutel se basaron en el artículo 50 de la Ley de Telecomunicaciones para defender que sí le compete a la Superintendencia establecer los precios en el mercado.
Por otra parte, la Defensoría criticó la falta de documentos, respaldo y transparencia de la Sutel, lo cual genera incertidumbre.
Los magistrados y Defensoría cuestionaron que la propuesta y tarifas en disputa se basen en un informe del 2012, en el que se incorporan datos de un solo un operador.
También objetaron el plan la Academia Nacional de Ciencias, el Colegio de Profesionales en Informática y el Centro de Informática de la Universidad de Costa Rica. Criticaron, por ejemplo, que la Sutel no incentive el uso del Internet móvil ni de plataformas inteligentes, sino que lo frena.
Méndez, de la Sutel, aclaró que, en caso de aprobarse la propuesta, los contratos de cobro actuales se mantendrían.
Ante las posiciones sobre barreras de acceso, insistió en que el plan está diseñado para proteger a quienes consumen menos porque cada operador deberá ofrecer un paquete mínimo de 500 megabytes (el consumo promedio, según aseguró) que no pasaría de ¢3.800.
Agregó que la nueva modalidad le permitiría al usuario aplicar por paquetes “baratos” y, aun así, comprar el aparato a pagos, lo cual no es posible hoy para clientes prepago.
La audiencia de la Sutel para debatir la iniciativa había sido programada para el 1.° de julio, pero fue suspendida debido a un recurso presentado días antes.
A pesar de que la Sala rechazó ese otro amparo desde inicios de agosto, la Sutel no ha reprogramado la audiencia debido a que la sentencia oficial no se le ha notificado.
Según la Defensoría de los Habitantes, esta audiencia que insiste en convocar la Superintendencia sería “un mero trámite” y no subsanaría omisiones y deficiencias en el texto, pues ahí se discutiría lo que está escrito.