El Gobierno publicó este lunes, en el diario oficial La Gaceta, las modificaciones que rigen sobre el Reglamento para la Regulación del Transporte de Combustible.
Según los cambios para el permiso de operación, esta autorizacióno y su respectivo código corresponderán a un único tanque, independientemente del número de compartimentos que se tenga.
Además, deben indicar el tipo de combustible por transportar y una estimación del volumen por transportar mensualmente, así como el certificado de fabricación en el que se detallen las especificaciones técnicas del diseño y de la construcción del mismo.
Esta información deberá permitir corroborar que el cisterna cumple con la normativa técnica centroamericana para el diseño y construcción de los mismos, según indica el decreto.
Los transportistas también deben aportar una copia certificada o simple confrontada con el original de la revisión técnica vigente, tanto de la unidad de transporte de combustible integrada como de la unidad de transporte de combustible articulada.
Asimismo, el decreto establece que se requerirá de un informe de inspección emitido por alguna de las empresas autorizadas por el Minae, sobre cada una de las pruebas técnicas realizadas a la unidad.
Además, la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles (DGTCC) deberá verificar que las unidades se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de la Propiedad, cuenten con el derecho de circulación y con el permiso otorgado por el Departamento de Pesos y Dimensiones del MOPT, cuando corresponda.