San José.
Los interesados en convertirse en pequeños generadores eléctricos con sistemas instalados en sus casas o empresas pueden consultar las reglas aprobadas por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), y vigentes desde este martes, con su publicación en La Gaceta.
La normativa aparece en el Alcance N°25 del diario oficial bajo el título Normas Técnicas y Metodologías sobre la Generación Distribuida (expediente OT-238-2015).
La generación de electricidad distribuida consiste en enlazar un sistema de producción propio (paneles solares, por ejemplo) a la red del servicio público, de forma que se sustituye parte de la energía que se tomaba de la red. Así, el consumidor producirá parte de la energía que consume, otra la tomará de la red.
Con estas reglas, se establecen las condiciones de acceso e interconexión del productor-consumidor a la red eléctrica, así como la metodología para establecer las tarifas por el uso de esa red.
Según la nueva metodología de Aresep, lo que el generador pagará será solo por los kilovatios que tome de la red pública.
Por ejemplo, si un usuario que puso paneles solares genera al mes 300 kilovatios-hora (kWh) y los consume todos, no será sujeto de cobro. Si produjo 300 kWh y los consumió, pero además demandó otros 200 kWh de la red pública, se le cobrará la tarifa regular por ese suministro.
Sin embargo, si generó 300 kWh ese mes y solo gastó 200, los 100 restantes que inyectó a la red pública serán considerados un crédito de energía para usarlo el siguiente mes, cuando, se le cobrará el retiro de ese crédito con tarifas, cuya propuesta se conocerá el otro mes.
Juan Manuel Quesada, intendente de Energía de la Aresep, precisó que la propuesta de tarifas por el uso de la red se llevará a audiencia pública el 17 de marzo. Los montos por kilovatio hora (kWh) varían entre las empresas debido a las diferencia en tamaño y costos de mantenimiento de cada una.
- Instituto Costarricense de Electricdad (ICE): ¢28,26 kWh.
- Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL): ¢17,99 kWh.
- Junta Administrativa de Servicio Eléctrico (Jasec): ¢14,64 kWh.
- Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH): ¢11,60 kWh.
- Coopelesca : ¢27,30 kWh.
- Coopegauanacaste: ¢21,31 kWh.
- Coopesantos : ¢29,74 kWh.
- Coopealfaro : ¢28,61 kWh.
La Autoridad Reguladora también estableció que la administración y mantenimiento de ese medidor está a cargo de la empresa distribuidora porque esto permitirá a cada compañía conocer cuánto se inyecta a la red y asegurar las condiciones de calidad y seguridad impuestas a esta modalidad de generación con la publicación en La Gaceta.
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En setiembre, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) publicó el Reglamento para la Actividad de Generación Distribuida de Electricidad para consumo propio con fuentes renovables. La aplicación de ese reglamento estaba a la espera de la normativa y tarifas de la Aresep.
Como parte del proceso, ahora corresponderá al Minae definir el borrador base de contrato entre generadores e interesados en instalar sistemas propios.
Empresas como el ICE, la CNFL, Jasec o cualquier otra, deben crear metodologías, procedimientos, requisitos, plazos, condiciones técnicas y cualquier otro requerimiento para así ofrecer dicha actividad a posibles interesados según el reglamento del Minae y las reglas de Aresep.
Además, estas empresas deberán crear una plataforma específica de acceso público para que dicha actividad desarrolle todos los puntos citados. La compañía distribuidora siempre tendrá la obligación de garantizar el cumplimiento de toda norma de "calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad y oportunidad" para la prestación óptima del servicio de suministro eléctrico que brinda.