La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado por los jueces del Tribunal Penal de Alajuela en noviembre del año pasado en el que denunciaban que las autoridades penitenciarias no proveen de toallas sanitarias a las privadas de libertad del Centro de Atención Institucional El Buen Pastor.
Los magistrados ordenaron a la Ministra de Justicia y Paz, al Director de Adaptación Social y a la Directora de El Buen Pastor a realizar las gestiones necesarias para que, en un plazo de tres meses, contados a partir de la notificación de esta sentencia, se garantice el suministro continuo de toallas sanitarias a la población penitenciaria de ese centro de reclusión ubicado en San Rafael arriba de Desamparados.
Según un comunicado de prensa, el Tribunal consideró que la omisión del Estado de proveer un artículo básico de higiene, como lo son las toallas sanitarias, lesiona el derecho a la salud de las privadas de libertad.
El Ministerio de Justicia alegó que el suministro de ese producto siempre dependió de eventuales donaciones y el esfuerzo de cada persona por obtenerlas, sin embargo, desde el año 2012 no se registran donaciones, lo que afecta a muchas reclusas, quienes no han tenido acceso a este artículo.
"La Sala ha sentado una doctrina, reiterada en sus pronunciamientos, en la cual reconoce que algunos de los derechos de las personas condenadas, o detenidas preventivamente, son objeto de limitaciones propias de las circunstancias, pero destaca también que el núcleo esencial de sus derechos fundamentales permanece inalterable, particularmente aquellos directamente relacionados con la dignidad, como lo es el derecho a la salud", dice el comunicado.
El Ministerio se comprometió a que a partir de marzo, se normalizará el suministro de ese artículo sanitario a las reclusas.