La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó a Costa Rica aplicar "inmediatamente" la fertilización in vitro (FIV) a seis parejas que demandaron por segunda vez al Estado.
En una medida cautelar impuesta este jueves 4 de febrero, la CIDH resolvió que el Estado costarricense debe
garantizar la aplicación de esta técnica reproductiva a las seis parejas.
Costa Rica también que tendrá un plazo de 25 días para informar a la CIDH sobre las acciones adoptadas para poner en práctica la medida cautelar.
El abogado de las seis parejas, Hubert May, explicó que esta medida cautelar se presentó el 30 de noviembre del año pasado y fue resuelta este jueves 4 de febrero.
May espera que el Gobierno conceda los permisos necesarios a clínicas privadas para que puedan aplicar la FIV en el país, y específicamente, a estas seis parejas.
"A mí me parece que si hay otras parejas que están en la misma situación (esperando la aplicación de la FIV), el país debe aprovechar este momento para aplicar la técnica a todas esas parejas", agregó May.
Las seis parejas llevaron el caso por FIV ante la CIDH en el 2004, tras casi 12 años de proceso legal internacional, en enero de este año se elevó a denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Se trata del segundo juicio contra Costa Rica por prohibir la FIV en el 2000. El primero concluyó con una condena contra el Estado el 28 de noviembre del 2012.
La Defensoría de los Habitantes coordinará con las diferentes instituciones públicas que deben trabajar para cumplir la medida cautelar que le impuso la CIDH al país.
La defensora de los Habitantes, Montserrat Solano, dijo que ahora debe reunirse con la Cancillería, la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), Casa Presidencial y el Ministerio de Salud, para buscar que se cumpla la medida cautelar.
Acciones legales. Los abogados de las parejas afectadas por la prohibición de la FIV en Costa Rica, presentaron este jueves un escrito para solicitarle a la Corte IDH que anule la resolución de la Sala IV y que reconozca el decreto ejecutivo como un instrumento legal válido para regular la técnica reproductiva en el país.
En respuesta a la solicitud de los abogados, la Secretaría de la Corte IDH les concedió una semana —hasta el jueves 11 de febrero— al Estado costarricense y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que presenten sus observaciones sobre la decisión de la Sala Constitucional.
El miércoles 3 de febrero, la Sala Constitucional anuló el decreto emitido por el presidente de la República, Luis Guillermo Solís, que pretendía regular nuevamente la FIV en el país y cumplir con la sentencia de la Corte IDH impuesta el 28 de noviembre del 2012.
Los magistrados decidieron traerse abajo el decreto porque los derechos fundamentales se deben regular con una ley y no mediante un decreto.
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Luis Guillermo Solís firmó el decreto el 11 de setiembre del 2015. La norma ejecutiva entró a regir el 10 de octubre de ese mismo año.
Un mes después de firmado el decreto, el 11 de setiembre, la Sala Constitucional –en una votación dividida de sus magistrados– decidió acoger para estudio una acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de diputados contra el decreto de FIV.
Los jueces de la Corte IDH se reunirán entre el 15 de febrero y el 2 de marzo de este año, para deliberar sobre distintos casos, entre los que se encuentra el informe de cumplimiento de sentencia de Costa Rica.