Casi seis meses después de cuestionamientos legales al nombramiento de Melvin Jiménez como ministro de la Presidencia, por ser obispo luterano, los dirigentes de la iglesia local que él fundó dan un alegato sorpresivo: él ya no es obispo.
Este es el argumento de la Iglesia Luterana de Costa Rica (ILCO), enviado el 27 de octubre a la Sala Constitucional, que estudia una acción contra Melvin Jiménez, coordinador y vocero del gobierno de Luis Guillermo Solís.
Después de múltiples argumentos jurídicos presentados a partir de mayo para resolver si el nombramiento de Jiménez viola o no la Constitución Política, que prohíbe clérigos en cargos de ministro de Estado, la ILCO parece revelar que nada de esto tiene ya sentido, pues dice que el actual ministro dejó los hábitos dos semanas antes del 8 de mayo, cuando comenzó el nuevo gobierno.
A Jiménez se le habría vencido el “mandato” de obispo el 26 de abril del 2014, pues su ordenación era para seis años y él se sometió a ella el 27 de abril del 2008 , recordó Marco Antonio Zúñiga Gómez, presidente de la Asociación Iglesia Luterana Costarricense en una respuesta enviada a la Sala IV el 27 de octubre a las 2:29 p. m.
Zúñiga, sustituto del “hermano Jiménez” a cargo de esa iglesia que congrega a unos 5.000 cristianos en el país, contestó que se basa en los estatutos internos de la Iglesia y que no lo habían manifestado antes porque nadie les había consultado.
Ni siquiera el propio Jiménez había avisado en sus alegatos que existía la posibilidad de no ser obispo, pues solo había contado que presentó una dispensa (permiso temporal) para no perder su puesto en la Iglesia luterana y poder entrar al gobierno de Solís, de quien fue jefe de campaña.
“ Yo no he renunciado, lo que tengo es una dispensa ”, aseguraba ante periodistas el 12 de junio, cuando supuestamente ya había perdido la condición de obispo, según su Iglesia.
Anoche, sin embargo, dijo otra cosa. “Yo conocía ese argumento, claro, pero son asuntos internos de la iglesia. Ahora no quiero dar más declaraciones”, contestó apresurado a La Nación .
El director jurídico de la Presidencia, Marvin Carvajal, dijo anoche que pudo haber alguna confusión. “Él puede ser que no manejara los datos con precisión”, contestó anoche Carvajal, quien cree “preocupante” la duda sobre la legalidad del cargo de Jiménez.
Jiménez se apresuró a escribir a la Sala IV el mismo 27 de octubre, a las 11:01 p. m. para pedir al magistrado encargado, Paul Rueda, aceptar como prueba el documento presentado por ILCO ocho horas antes, según el cual podría seguir siendo ministro sin problemas.
En julio, la Procuraduría General de la República (PGR) avaló el criterio del ciudadano Álvaro Orozco , quien presentó la acción de inconstitucionalidad contra Jiménez. En una opinión no vinculante, señaló que el nombramiento de Jiménez implicaría una discriminación a los clérigos católicos.
¿Mitra sin jerarquía? Según la respuesta de Zúñiga, tampoco Melvin Jiménez ha sido un obispo con jerarquía ni atribuciones dignas de llamarle “clérigo”, a la usanza de la Iglesia católica romana.
“Nunca ha sido clérigo en el sentido formal de la palabra (…). La ordenación o congregación no constituye la entrada a otro estado superior de orden sacerdotal”, escribió Zúñiga en una línea según la cual Jiménez está exento de conflicto alguno con la Constitución Política.
El artículo 149 de la Constitución afirma que un ministro debe pertenecer al estado seglar; es decir, que no debe ser clérigo. Esta palabra, “clérigo”, es la que rechaza ILCO, que aduce que en su seno todos los creyentes son de alguna manera sacerdotes.
“La ordenación presbiterial u obispal no otorga ninguna ‘marca indeleble’ ni lo ‘eleva’ al status ( sic ) clerical”, se lee en una respuesta enviada el 29 de octubre a las 2:55 p. m., ante una solicitud de ampliación del magistrado Rueda.
Sobre la ceremonia de la ordenación obispal de Jiménez, con imposición de las manos en el 2008, con báculo, mitra blanca y sotana roja, Zúñiga explicó que es “accesorio” dentro de la tradición de esta rama del protestantismo.
“Es un gesto simbólico, pero no un acto mágico ni sacramental, no implica que esa imposición otorgue alguna cualidad, talento o Gracia ( sic ) especial irrevocable que no tuviera antes de la ordenación”, dice el punto VI de la respuesta.
¿Qué funciones tiene un obispo luterano? Celebrar los sacramentos (bautizo y Bendición del pan y del vino), Predicación y Cuido del Rebaño (sic )”, dice el punto siguiente de la respuesta.
En meses recientes, Jiménez ha argumentado también que la condición de “clérigo” solo se aplica para los católicos , por ser Costa Rica un Estado confesional de esa religión y porque en ellos pensaban los creadores de la Constitución en 1949.