La Sala Constitucional le ordenó al Ministerio de Educación otorgar un permiso sin goce de salario a una trabajadora que debe cuidar a su hija de dos años, quien fue operada del corazón en Estados Unidos.
Según la información de la sala, el recurso fue presentado por la hermana de la mujer, debido a que las autoridades del Ministerio de Educación se niegan a prorrogarle u otorgarle un nuevo permiso sin goce de salario a la trabajadora, quien requiere cuidar a su hija.
La mujer alegó que se violentan los derechos fundamentales de la menor y se pone en riesgo el derecho al trabajo de la mujer.
Los magistrados declararon con lugar el recurso y le ordenaron a la ministra Sonia Marta Mora, que en un plazo de 10 días resuelva la solicitud de licencia sin goce de salario presentada por la amparada, debido a las condiciones especiales de salud de la menor y la obligación del Estado de velar por su interés superior.
"El Tribunal consideró que se violentaron los derechos fundamentales de la amparada, a quien sin valorar el interés superior de la menor, sin atender el criterio médico aportado sobre los cuidados y atención a la menor, que tuvo que ser operada fuera del país, se le ha negado la posibilidad de obtener la licencia por parte del Ministro de Educación y fue un órgano, el que resolvió la solicitud, denegándola al fin", citó el fallo.
Añadieron que existe normativa que evidencia la posibilidad de que el ministro de Educación conceda una licencia sin goce de salario, especialmente si se cuenta con la documentación requerida.