Dentro de pocos días, tener una discapacidad intelectual dejará de ser motivo suficiente para que a una persona se le impida ejercer su derecho al voto.
Ello ocurrirá cuando rija la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, firmada por el presidente Luis Guillermo Solís, el 18 de agosto.
La legislación le otorga al Registro Civil un plazo de seis meses para incorporar al padrón electoral a quienes se encuentren excluidos, como resultado de un proceso judicial, en el cual se les declaró como “insanos”.
Según dicta la Constitución Política, cuando un juez considera que una persona no tiene la capacidad intelectual suficiente, puede declararla en estado de interdicción (prohibición) y suspender su ciudadanía.
“Esa es una visión de hace años, cuando la discapacidad era vista como un mal, como una maldición o un castigo del cielo”, comentó la jueza de Familia, Maureen Solís.
Según los datos del Registro Civil, en el país hay 777 ciudadanos en interdicción.
Luis Bolaños, director de la institución, aseguró que el empadronamiento será inmediato, luego de la publicación de la ley de autonomía (número 9379).
Independencia. La nueva normativa también cambia la figura de curador por la de “garante para la igualdad jurídica”.
El Código Procesal Civil vigente establece la posibilidad de que como resultado de un proceso de interdicción, una persona sea declarada “incapaz” y se le nombre un asistente para la administración de bienes y toma de decisiones, llamado curador.
Solís explicó que en ocasiones el designado funge solo como apoyo, pero en otros casos reemplaza por completo a la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
“Eso significaba una muerte civil, solo por existir”, manifestó Éricka Álvarez, jefa del despacho de Ana Helena Chacón, vicepresidenta de la República.
Álvarez trabajó en la redacción de la nueva legisñación, según la cual el garante es una salvaguardia para ayudar en los procesos legales que la persona no pueda completar por sí misma.
La norma establece que en dos años, los jueces deben revisar cada caso de interdicción para determinar qué posibilidades realmente tienen quienes habían sido declarados “incapaces”.
“El garante tendrá que hacerse acompañar de la persona siempre que vaya a actuar; solo puede hacerlo solo si a quien ayuda no está consciente”, dijo Álvarez.
Sin embargo, para Alejandra Monge, coordinadora de la Unidad de Acceso a la Justicia del Poder Judicial, el cambio será real solo si quienes tramitan estos casos aplican correctamente la ley.
Por ello, la entidad busca alternativas para capacitar a jueces, fiscales y defensores públicos.
“Queremos abrir un proceso para ponerlos al tanto de la ley en sí misma y lo que implica ejecutar la ley (...) tenemos claro que es necesario trabajar no solo en divulgar la ley sino también en crear un cambio en la cultura judicial para que no se quede en el papel sino que se tomen acciones concretas”, aseguró Monge.