El Tribunal Contencioso Administrativo revocó, el pasado martes, la medida cautelar que frenó la retención del 2% a las compras con tarjeta de crédito y débito con cargo al impuesto de renta, informó el Ministerio de Hacienda.
Hacienda confirmó que la Dirección General de Tributación iniciará, de manera inmediata, la aplicación de la medida. Está retención se aplicará sobre el 88% del monto de la transacción, por lo que la retención efectiva será de 1,78%.
La Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) había conseguido la suspensión provisional de la retención en noviembre anterior.
“Esta retención es una de las medidas de la administración de Luis Guillermo Solís para mejorar la recaudación y hacer más progresivo el sistema tributario”, explicó Helio Fallas, ministro de Hacienda.
Añadió que la medida permitirá al fisco un mayor control del pago de impuestos y combatir la evasión tributaria.
Francisco Llobet explicó que la medida Va a afectar mucho al sector comercial.
"De parte nuestra siempre estuvimos opuestos a ello. Hay una cantidad de compañías con un margen financiero muy bajo y al retener ese monto estarían en punto de equilibrio y otras por debajo de él", aseguró Llobet.
Añadió que quienes no pagan renta deberían pedir devolución del dinero y corrientemente hacienda dura muchos meses y su el flujo de caja se afectaría.
Hacienda detalló que la retención no se aplicará a los contribuyentes del régimen simplificado, al expendio de combustibles, al transporte público remunerado de personas (modalidad taxi y autobuses) y aquellos contribuyentes exentos del pago parcial de renta.
Cómo funciona. Inicialmente la retención era de un 2%, sin embargo, tras reunirse en setiembre con los empresarios que presentaron objeciones a esta medida, Hacienda optó por disminuir la cifra efectiva del 2% al 1,78%.
Fernando Rodríguez, viceministro de Ingresos del Ministerio de Hacienda, explicó en ese momento que, si una persona paga ¢100.000 en un comercio con su tarjeta, antes se iba a aplicar al empresario una retención del 2% (¢2.000), pero ahora se reducirá primero el 13% del impuesto sobre las ventas porque este no es un ingreso para el negocio (para ello Tributación divide los ¢100.000 entre 1,13, lo cual da ¢88.495).
Sobre los ¢88.495 se aplicará el 2%. En este caso da ¢1.770. Por lo tanto, por cada ¢100.000 de compra se retendrá ¢1.770, lo que genera un porcentaje efectivo de 1,78%.