Como parte del plan de reforma, conversión o transformación del impuesto general sobre las ventas, el Gobierno de la República anuncia lo siguiente: “El proyecto de ley para crear el impuesto al valor agregado (IVA) propone devolver cada mes a los hogares pobres o en condición de vulnerabilidad (equivalente al 40% de la población), el monto promedio que paguen por ese tributo”.
Este sistema de devoluciones funcionaría conjuntamente con las exenciones que mencionamos en la columna anterior, las cuales incluyen, por ejemplo, los bienes y servicios definidos en la “Canasta Básica Tributaria”.
La idea que ahora se plantea es que el Estado devolverá a las familias pobres o vulnerables, mediante un depósito bancario, el equivalente al impuesto pagado por el consumo promedio mensual por persona.
Esa devolución comenzará a funcionar en un máximo de 18 meses después de que la ley comience a regir.
La explicación que se brinda es la siguiente: “El contribuyente compra su diario, y los productos que compra llevan incluido el IVA (14% el primer año y 15% el segundo, excepto los productos exentos). Si la persona está identificada por el IMAS y el Ministerio de Hacienda como una persona en condición de pobreza o vulnerabilidad, el Estado le devolve-rá lo que pague de IVA”.
Hasta aquí parece que habría una verdadera devolución de todo lo pagado por este impuesto, pero luego se indica lo siguiente: “El Estado enlazará las bases de datos de Hacienda con las del IMAS y otras entidades para crear el Sistema Único de Pago del Recurso Social. Con base en esta información, el Estado calculará el promedio de ingreso y gasto de las personas integrantes de familias en condición de pobreza o vulnerabilidad, y depositará mensualmente en sus cuentas bancarias el equivalente al monto mensual pagado como IVA”.
Entonces no se trata de una verdadera devolución, pues la suma que se depositará no tendría como parámetro lo que realmente pagaron de IVA los integrantes de la familia durante un mes, sino un monto promedio calculado por el propio Estado. Se dará el caso de familias que pagaron menos que lo que recibirán, y otras familias que pagaron mucho más, pero solo se les depositaría ese monto límite. Sería una ayuda con el nombre de “recurso social” y no una devolución.