En entregas anteriores hemos venido analizando la existencia de un arsenal poderoso y con gran potencial recaudatorio, en manos de la Administración Tributaria, donde conviene que los contribuyentes reparen en el análisis de la toma de sus posiciones fiscales riesgosas.
Cabe resaltar que estas potestades conllevan para la Administración Tributaria una gran responsabilidad que debe asumir con celo como depositaria de la normativa, no como su dueña o ejecutora de la inquisición.
Una de ellas es la capacitación de los funcionarios de la propia Administración y una vez hecho esto, se debe iniciar un profundo proceso de divulgación de los procedimientos y las normas aplicables a los contribuyentes, pues es con contribuyentes mejor informados, que los agentes económicos podrán replantearse sus niveles de riesgo y, en especial, podrán contar con un marco de certeza jurídica que plantee reglas claras y consecuencias equitativas.
Las nuevas reglas a informar deberán estar fuera del ámbito de la facultad discrecional de la Administración –ejercida con irresponsabilidad en múltiples ocasiones– la cual redunda en arbitrariedad en los casos concretos y, peor aún, en incertidumbre legal en los agentes productivos.
Es por este motivo que no es de recibo que los mismos contribuyentes, víctimas de los abusos de muchos funcionarios y del sistema, asumamos, además, el costo de la defensa de aquellos que en el abuso de sus atribuciones legales generen terrorismo fiscal; lo anterior sería como que las víctimas de Isis –aparte de morir a merced del martirio que les quiera aplicar su victimario– tuviesen la responsabilidad de contribuir a un fondo de defensa de sus victimarios para afrontar juicios por delitos de lesa humanidad.
Los derechos de los contribuyentes recogidos en la reforma del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, mediante la Ley N.° 9069 del 2012, agrega de manera adjetiva un título completo a los mismos, pero en la práctica los vemos cada vez más ignorados en los procedimientos y métodos –o falta de estos– en los que se enfrenta el agente productivo con el aparataje tributario.
Debe exigirse una clara rendición de cuentas a quienes son depositarios de tan letales armas a título del buen recaudo de su gestión, y procurar contar con un Defensor del Contribuyente, una figura de neutralidad impecable que actúe en favor del sistema.