Los magistrados de la Sala IV decidirán si el Estado puede iniciar procesos legales contra 403 jubilados del Poder Judicial a quienes se les pagó de más ¢4.000 millones en pensiones entre los años 2000 y el 2012.
La Sala determinará si una institución pública puede eliminar un beneficio otorgado de manera errónea, como ocurrió en este caso. Dicho trámite, denominado lesividad, es el que usaría para recobrar el dinero.
Hasta tanto la Sala no dé su fallo, la Corte Plena no puede iniciar procesos legales.
La Sala IV aceptó para estudio, el pasado 20 de agosto, la acción de inconstitucionalidad contra tres artículos del Código Procesal Administrativo en los que se fundamenta la lesividad.
La demanda fue presentada por un grupo de 16 exmagistrados y tres funcionarios judiciales retirados a quienes la Corte inició el cobro de ¢187 millones . A ellos se les aplicó, erróneamente, dos veces el aumento semestral por costo de vida sobre los gastos de representación, sobrepago que continúa vigente.
Según el argumento de los demandantes, las normas impugnadas permiten al Estado revisar derechos consolidados y afectar el patrimonio del beneficiario, en este caso la pensión del funcionario judicial.
Ana Eugenia Romero, directora ejecutiva del Poder Judicial, explicó que hasta cuando la Sala resuelva la acción, la Corte Plena decidirá si inicia un proceso de lesividad contra las pensiones otorgadas con la regla IV, norma eliminada el lunes anterior de manera definitiva.
Édgar Robles, superintendente de Pensiones, afirmó que es necesario recuperar los montos pagados de más en pensiones. “La Corte Plena debe tomar decisiones que den el ejemplo. Además para que situaciones como estas no vuelvan a repetirse porque crean un daño al régimen de pensiones”, dijo.