¿Por primera vez se determina cuántos docentes tienen derecho a jubilarse por el Régimen Transitorio de Reparto?
Así es, son los que faltan por pensionar de acuerdo con el informe estadístico .
¿Cuándo se podrán jubilar estos 11.000 docentes?
El Régimen Transitorio de Reparto es por servicio, no de edad. Entonces, es cuando cada persona cumpla los 30 años de servicio.
La planilla de estos docentes ascendió a ¢182.800 millones en el 2015. ¿Puede verse como un referente del costo de pensiones futuras con cargo al Presupuesto Nacional?
Tienen que hacerse las estimaciones específicas de lo que le corresponderá a cada docente por ley.
”Por supuesto que la planilla será un referente, tampoco distará mucho de ese monto. Pero para hacer una proyección más exacta, habría que analizar tres diferentes leyes que determinan beneficios distintos por docente”.
¿Cómo se define el monto de cada pensión?
Primero, la persona presenta la solicitud de jubilación a Jupema. Analizamos el tiempo de servicio, en qué momento comenzó a trabajar y definimos con cuáles beneficios se pensionará la persona.
”Para determinar si es del Régimen Transitorio de Reparto se comprueba si el docente comenzó a trabajar antes del 15 de julio de 1992. Luego, la Junta Directiva de Jupema debe aprobarlo y la Auditoría, refrendarlo.
”Posteriormente, el caso se pasa a la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo, que da la aprobación final de la nueva pensión que quedará a cargo del Presupuesto Nacional, debido a que el docente tiene el derecho para pensionarse con los beneficios anteriores a la promulgación de la Ley Marco de Pensiones en 1992”.