San José
Este lunes 27 de marzo se publicó en el alcance número 68 del diario oficial La Gaceta, el reglamento de la ley que obliga a las entidades del sector público a utilizar un sistema único de compras.
La ley 9.395, impulsada por el diputado Ottón Solís, y que da sustento a este reglamento, se publicó el 13 de setiembre del 2016 y da un plazo de un año para que todas las instituciones utilicen el mecanismo único de compras que definió el Gobierno, que es el Sicop (Sistema Integrado de Compras Públicas).
El plazo se puede extender seis meses más, siempre y cuando lo autorice el Ministerio de Hacienda, rector del sistema.
Fabián Quirós, director general de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, considera que un año es insuficiente para incluir a todos los órganos del Estado en el Sicop.
En la actualidad funcionan, simultáneamente, Mer-Link y CompraRed como programas para compras de la Administración Pública.
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¿Qué dice el Reglamento? El nuevo reglamento define los términos en los cuales las instituciones deben publicar sus programas de adquisiciones.
"Todas las instituciones públicas que utilicen el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop), deberán divulgar el respectivo programa de adquisiciones y sus modificaciones en dicho sistema, sin perjuicio de que facultativamente realicen publicación al efecto en el diario oficial La Gaceta", señala el reglamento.
Señala que cuando exista impedimento para realizar una contratación por medio del Sicop, acreditado mediante resolución razonada, se podrá excepcionalmente tramitar un expediente físico, conformado por la proveeduría institucional, la cual tendrá a cargo su custodia, una vez tramitada la decisión inicial.
Además, establece las formas en las cuales se deben rendir las garantías, que es por la vía electrónica, pero también existen excepciones.
También se señalan los términos en los cuales se realizarán las subastas electrónicas a la baja, que es un mecanismo que pone a competir a los proveedores con precios hacia la baja.
Por último, el reglamento incluye dos transitorios. En uno señala que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, comunicará oportunamente los lineamientos para el paso gradual y progresivo de las entidades que están fuera del Sicop a este sistema. En el segundo se otorga un plazo de cuatro años a las instituciones que no posean páginas web para contratar los servicios requeridos para cumplir con la ley.
Instituciones como la Caja Costarricense del Seguro Social, Recope y el Instituto Nacional de Aprendizaje, esperaban la publicación de este reglamento para continuar con su ingreso al sistema.
Las compras de las instituciones públicas mueven millones al año. Para el 2017, las instituciones tienen presupuestados ¢5,2 billones (15,5% de la producción total del país) para sus compras, según el informe de presupuestos públicos para este año de la Contraloría General de la República.
Desde el 2010 se ha intentado que todas las entidades públicas hagan sus compras a través de un sistema único electrónico, pero hasta ahora no se ha podido.