La Dirección General de Tributación dio un plazo de tres días hábiles, a partir del 7 de mayo, para que los nuevos contribuyentes del impuesto de ventas puedan inscribirse como tales.
Carlos Vargas, director general de Tributación, aclaró: “La falta de inscripción no libera a los contribuyentes de la obligación de pagar el impuesto con respecto a todas las operaciones gravadas, efectuadas después del 7 de mayo”.
De acuerdo con un comunicado de prensa, en cada administración tributaria se atienden consultas de los interesados sobre el tema.
A estas mismas dependencias deberán acudir los nuevos contribuyentes para realizar los trámites de inscripción correspondientes.
Algunos empresarios expresaron ayer su preocupación por el poco tiempo para implementar el nuevo impuesto pues el decreto salió el lunes pasado, el martes fue feriado y rige el próximo lunes.
Jordi Prat, asesor del Ministerio de Hacienda, dijo anoche que los empresarios pueden explicar a Tributación las dificultades que enfrenten para aplicar el tributo.
Según el director de Tributación, Carlos Vargas, “la nueva canasta (exenta del impuesto) conformada por 228 artículos garantiza una alimentación balanceada y saludable, permite que las exoneraciones beneficien a los grupos de menor ingreso, a diferencia de la anterior, que por ser tan amplia, incluía bienes consumidos predominantemente por la población con más recursos, que era la que al final se beneficiaba más de las exoneraciones”.
El impuesto de ventas es uno de los más importantes. En marzo pasado representó un 41% de la recaudación.
El dinero adicional que se recaude con la ampliación del tributo será para atender el déficit del Gobierno.