Los empleados públicos que atrasen trámites se exponen a sanciones de diversa índole, según la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, y su reglamento.
La sanción cuando se incurre en esa falta la primera vez, consiste en la suspensión sin goce de salario o remuneración de cualquier clase o forma de tres a ocho días.
En la segunda ocasión se suspende sin goce de salario o cualquier remuneración de ocho días a un mes, y en la tercera o más ocasiones se aplica el despido sin responsabilidad patronal.
Así quedó claro ayer, cuando el Gobierno presentó el reglamento a dicha ley, en un evento en el cual destacó también los avances en decretos y medidas administrativas para simplificar la tramitomanía.
Entre ellas, se señalaron la revisión digital de planos de construcción, lo cual reduce de 90 días a 30 días el plazo para su aprobación, y el registro en línea de pequeñas y medianas empresas (pymes), con lo cual baja de siete a dos días.
Otro avance que se hace notar es la ventanilla única para el registro de agroquímicos en el país.
Beneficios. La ley exige que el ciudadano conozca cuál funcionario está realizando su trámite, así como que debe estar informado de las características de los requisitos solicitados en cada uno de los casos.
Él podrá determinar si se está atrasando el proceso y denunciar al funcionario en cada entidad.
Además, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) fue nombrado como rector de este tema y se le atribuyen decisiones de acatamiento obligatorio, tanto para entidades del Gobierno Central como para entidades autónomas.
Las cámaras de Industria y Costarricense de la Industria Alimentaria destacaron el avance, pero recordaron que muchos otros rubros requieren de rápida acción.