Ninos en Clases en la Escuela Republica de Panama Foto Alexander Otarola
El Gobierno pide cada vez más préstamos para pagar gastos corrientes como salarios y pensiones, advirtió la Contraloría General de la República en su memoria anual del 2010.
El año pasado, el Gobierno solicitó créditos por ¢623.000 millones para enfrentar este tipo de erogaciones. El monto representó un 18% del total de gastos corrientes, más que el 16% del 2009 y que el 0% del 2008.
El problema de pedir prestado para financiar gastos corrientes es el pago futuro de esas deudas, pues tales desembolsos generalmente no producen los ingresos futuros para cancelar. Es como si una familia solicitara un crédito para pagar la comida.
Por eso, el artículo 6 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos establece: “Para los efectos de una adecuada gestión financiera, no podrán financiarse gastos corrientes con ingresos de capital (préstamos)”.
También, el artículo 176 de la Constitución Política de Costa Rica dice que “en ningún caso el monto de los gastos presupuestados podrá exceder el de los ingresos probables”.
Según la Contraloría, esta práctica, “contraviene principios de sana administración hacendaria recogidos en nuestro ordenamiento jurídico” y se ha convertido en un problema recurrente.
Para este año, el panorama es similar, pues en el presupuesto del 2011 casi la mitad de los gastos en salarios están financiados con préstamos. Además, para el presupuesto del próximo año, que se entregará el 1.° de setiembre, el ministro de Hacienda, Fernando Herrero, desde ya anunció que “está desfinanciado”.
Al presentar el presupuesto del 2011 (en setiembre del 2010) justificó que los gastos en educación, transferencia de ciencia y tecnología y de salud deberían ser considerados gastos de capital (de inversión) y, por lo tanto, deberían poder financiarse con préstamos.
También ha señalado que los presupuestos, en los cuales se ha aprobado el financiamiento de gastos corrientes con deuda, tienen rango de ley, al igual que la Ley de Administración Financiera.
El año pasado, el ministro Herrero señaló que este “no es asunto deseable”, pero que esperaba que fuera una situación temporal mientras se resuelve el problema del déficit fiscal. Ayer se intentó una nueva opinión de Hacienda, pero no fue posible.
En abril del 2009, el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley para suspender la aplicación del artículo 6 de la citada Ley, por dos años, pero no se aprobó.
El año pasado varios diputados presentaron un proyecto de ley para modificar el artículo 176 de la Constitución Política.
Esto, porque la Sala IV señaló, desde el 2002, que la distinción entre gastos corrientes y gastos de capital es extrajurídica y, en consecuencia, la disposición quedó limitada a la Ley de Administración Financiera.
Este año, el Movimiento Libertario presentó un proyecto de ley de Responsabilidad fiscal en el cual establecen sanciones para quienes incumplen el principio de financiar gastos corrientes solo con ingresos corrientes (impuestos, principalmente).
Ayer, la diputada del Movimiento Libertario, Patricia Pérez, explicó que negocian con Hacienda para que dentro del proyecto de reforma fiscal que presentó el Ejecutivo se introduzcan los tres temas que establece el proyecto de Responsabilidad fiscal.
Además del tema del financiamiento de gastos corrientes, este plan establece un límite al superávit primario (ingresos corrientes menos gastos, excluidos los intereses) y al endeudamiento del Gobierno.