Los chinamos que se levantan en Navidad para vender solo artículos de la época, deben estar inscritos como contribuyentes del impuesto sobre la renta, advirtió el director general de Tributación, Francisco Villalobos.
El funcionario anunció que en los primeros días de diciembre visitarán algunos de estos chinamos para verificar sus condiciones, y a los que no estén inscritos les pueden aplicar una sanción de medio salario base (actualmente son ¢158.100).
Además, podrían inscribirlos de oficio cuando los visiten.
El viceministro de Hacienda, Rowland Espinoza, añadió que también revisarán de dónde viene la mercadería como parte de una investigación más grande que están realizando.
El registrarse no significa que tienen que pagar impuestos, pues hay montos mínimos exentos.
Por ejemplo, las personas que en todo el período fiscal 2012 (que se inició el 1.° de octubre del 2011 y termina el 30 de setiembre del 2012) obtengan una renta neta (ingresos menos gastos) menor a ¢3.042.000 no deben pagar nada.
Villalobos detalló que estos chinamos pueden inscribirse como contribuyentes bajo el régimen tradicional o bajo el sistema de tributación simplificada.
Añadió que este es un sector difícil de regular, pues son ventas que se levantan por unas pocas semanas y luego no se pueden localizar sus dueños.
Además, los efectos en la recaudación fiscal son mínimos; no obstante, es parte del esfuerzo por ordenar la situación tributaria.
“Entendemos que esta es una forma en que la gente se procura un ingreso extraordinario en este tiempo. Aplaudimos ese esfuerzo emprendedor y tesonero, pero apelamos a que la gente entienda que es deber de todos contribuir y tributar por las actividades económicas que realizamos, y en virtud de la cual obtenemos ingresos gravables”, comentó.