La FIFA es celosa en sus asuntos y no suele avalar la intervención del Estado o juzgados ordinarios en temas de fútbol. Sin embargo, varios expertos en la materia aclaran que el organismo rector del balompié mundial también respeta los ordenamientos legales de cada país.
Así se explica que el Tribunal Administrativo de Conflictos Deportivos, adscrito al estatal Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) tuviera la última palabra respecto a la queja de Puntarenas FC contra la Liga de Ascenso (Liasce) por la resolución del pasado Torneo de Apertura.
Según explicó Jorge Hidalgo, vicepresidente de la Fedefútbol y presidente de la Comisión de Asuntos Legales de dicho organismo, cada liga es autónoma en temas administrativos y se regula a sí misma en materia competitiva.
Puntarenas acudió al Comité de Competición de la Segunda División y luego al Comité Director para apelar que su eliminación en las semifinales del certamen pasado no fue acorde a los reglamentos. Al no recibir un fallo favorable decidió acudir al Tribunal adscrito al Icoder.
Así lo faculta la Ley 7.800, de 1998, que creó tanto el Icoder como el mismo Tribunal Administrativo de Conflictos Deportivos.
“Una vez agotada la vía interna de la federación o asociación respectiva, sin obtener satisfacción de sus derechos, el Tribunal también conocerá de los recursos, las quejas o demandas que plantee”, reza el texto legal.
Además, la Ley aclara que tiene la decisión final y esta no se puede volver a apelar: “las resoluciones que el Tribunal dicte sobre los asuntos sometidos a su conocimiento agotan la vía administrativa para los efectos legales respectivos y serán ejecutados por el Consejo Nacional, que tendrá autoridad para ordenar lo que corresponda”.
Armando González, experto en estatutos FIFA, y Mariano Ocampo, expresidente del extinto Tribunal de Conflictos y Apelaciones (de la Unafut), coincidieron en que el Tribunal Administrativo de Conflictos Deportivos, al que acudió Puntarenas, no es un juzgado ordinario y por lo tanto no atenta contra los lineamientos del balompié mundial.
Por lo tanto, ven improbable que se dé una intervención de la FIFA en contra del Puerto .
“Esa instancia no es una intervención del Estado, por lo que no se puede alegar eso. Es un tribunal avalado por la Ley 7.800, la cual lo faculta como uno de los órganos que pueden intervenir en temas deportivos al ser parte del Icoder”, dijo González.